jueves 28 marzo
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Absueltos de estafa y prevaricación el Ayuntamiento y el exalcalde de Pulianas

Rafael Gil no actuó "de forma caprichosa e irracional" · El Consistorio debería haber pagado 315.393 euros como responsable civil subsidiario · El juez considera que el asunto debió dirimirse por la vía civil o administrativa

En caso de sentencia condenatoria, el Ayuntamiento debería haber afrontado el pago de más de 300.000 euros en concepto de responsabilidad civil. Foto: Álex Cámara

La sección Segunda de la Audiencia Provincial de Granada ha absuelto al Ayuntamiento de Pulianas y a su exalcalde Rafael Gil Bracero de los posibles delitos de estafa agravada y prevaricación en asunto relativo a un acuerdo con los dueños de unos terrenos que, en parte, se dispusieron para una actuación pública dirigida a la ampliación de una carretera y a encauzar el Río Juncaril en el término municipal de esta localidad metropolitana.

Tras las dos sesiones celebradas sobre este caso, los pasados 15 y 16 de noviembre, la Fiscalía había pedido la libre absolución del exregidor socialista, mientras que la acusación particular solicitaba para él tres años de prisión y ocho de inhabilitación para cargo público así como el pago de 315.393 euros al Consistorio como responsable civil subsidiario.

Ahora, según la sentencia absolutoria con fecha a 30 de noviembre, a la que ha tenido acceso ahoraGranada, se considera que el acusado no actuó de motu proprio "sin asesoramiento alguno, de forma caprichosa o irracional", sino con el propósito de alcanzar un principio de acuerdo con los hermanos O.M., que "no era precisamente perjudicial o leonino para estos, sino más bien para el Ayuntamiento".

El juez también añade que si ha considerado que los hechos no constituyen un delito de prevaricación, "tampoco una vez hemos valorado la prueba practicada", aprecian el delito de estafa.

“En conclusión, no nos hallamos ante querellantes que, a pesar de su avanzada edad y aparente desconocimiento de la tramitación de expedientes administrativos por haber atribuido todo el protagonismo a su fallecido hermano, fuesen fácil objetivo de un engaño”, señala la sentencia.

La Audiencia Provincial también condena a la acusación particular al pago de las costas causadas en el procedimiento y cuyo importe podría ascender a unos 60.000 euros. En este sentido, el magistrado considera que el análisis de las pruebas del juicio oral y de la actuación de las querellantes durante el procedimiento penal invita a concluir que "se ha utilizado para obtener una pretensión que debió ejercitarse en sede civil, o en la vía contenciosa".

El juez apunta que este "abuso" de la jurisdicción ha "devenido en el mantenimiento de un proceso contra el acusado que indebidamente ha tenido que soportar su condición de imputado durante la fase de instrucción del procedimiento, y de acusado en el juicio oral, soportando además, al menos de forma provisional, las consecuencias económicas del ejercicio de su defensa”.

En declaraciones a ahoraGranada, el alcalde de Pulianas actual, José Antonio Carranza, ha acogido con "satisfacción" la sentencia, al tiempo que ha reconocido la labor profesional de los letrados que han intervenido en este proceso. En este sentido ha considerado que la sentencia se ajusta a derecho y que siempre ha confiado en la defensa entablada para responsabilidad civil del Ayuntamiento por parte del bufete Piñar Moreno Abogados.

Precisamente, el abogado José Piñar ha indicado a este medio que la sentencia "va más allá del pronunciamiento absolutorio en vía penal", al considerar que "valora muy a conciencia si efectivamente se ha producido algún tipo de perjuicio a las querellantes, por lo que cualquier actuación en otra vía entiende estará condicionada por toda prueba practicada en este proceso".

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