miércoles 24 abril
ARMILLA  |   | Redacción aG

"Es la primera vez en España que el derecho a ser alcalde no se considera fundamental"

El PP de Armilla acata la sentencia del TSJA pero recuerda que en un caso similarde moción de censura, el Tribunal Superior de Asturias sostuvo la tesis contraria

El Partido Popular de Granada ha asegurado que “acata” al fallo del TSJA que rechaza el recurso que los populares interpusieron contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo 5 que dio validez a la moción de censura del ayuntamiento de Armilla, aunque ha recordado que la nueva sentencia no entra en el fondo de si en la moción o en el pleno que le dio validez “se cumplieron los requisitos legales necesarios habida cuenta de la condición de tránsfuga de uno de los firmantes”.

Así lo ha señalado el portavoz del PP en Armilla y exacalde, Antonio Ayllón, que ha mostrado su sorpresa ante el fallo “porque es la primera vez en la historia de la democracia que se considera que ser alcade no forma parte de los derechos fundamentales de un ciudadano y, por lo tanto, que esa condición no debe ser especialmente protegida”.

Ayllón ha recordado que el hecho de que el caso se tramite “por el procedimiento ordinario” originará que la sentencia no fuera firme hasta pasado el tiempo del mandato de la corporación, “lo que haría la sentencia absolutamente inútil”. “Precisamente por eso los derechos fundamentales están protegidos por un procedimiento especial”, ha dicho.

“El tribunal no entra en el fondo, sencillamente liquida la cuestión diciendo que no le corresponde asumir el análisis del caso porque no estaríamos ante un derecho fundamental”, ha apuntado Ayllón, quien ha mostrado su “especial sorpresa” porque esta  tesis mantenida por el TSJA es justo la contraria a la que sostuvo el Tribunal Superior de Asturias en un caso idéntico, en el municipio de Siero”.

Ayllón ha considerado muy difícilmente explicable, como argumenta el tribunal, “que ser elegido como alcalde o cesado a través de una moción de censura no forme parte de los derechos fundamentales de un ciudadano que es concejal”.

“Yo acato la sentencia, como no puede ser de otra forma, pero no siendo jurista”, ha dicho el portavoz popular, “no me parece lógico que el que un concejal pueda votar en un pleno o conocer los expedientes sea un derecho fundamental, y no lo sea el ser elegido alcalde o no ser quitado de ese cargo de manera ilegal. Si a un concejal no se le entregan expedientes, la justicia lo protege de manera especial, porque se entiende que se vulnera un derecho fundamental, pero si se le quita de alcalde con un procedimiento presuntamente ilegal, no.”

“Cuando menos es sorprendente. Pero es que, además, esa lectura es la contraria a la que siempre se ha hecho en España cuando se ha recurrido una moción de censura”, ha señalado Ayllón que ha añadido que “estará muy atento en el futuro para, cuando se produzca una nueva moción de censura en Granada, ver si la sala mantiene esta misma lectura”.

En todo caso, el portavoz popular, ha defendido la actuación judicial del PP en este caso no solo como un derecho propio sino como “una obligación” porque “la moción de censura se montó por unos intereses ajenos a las necesidades reales de los ciudadanos de Armilla”.

“Los armilleros merecen que en su municipio los asuntos no estén permanentemente bajo la sombra de la irregularidad y la ilegalidad y no hay que olvidar que quien llegó a la alcaldía a través de la moción de censura está en estos momentos imputado por un caso de prevaricación, entre otros cargos, en el caso de la rotonda y esperando juicio también por prevaricación, entre otros cargos, en el caso de los saneamientos del PTS”, ha apostillado Ayllón.

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