viernes 29 marzo
CASO ROMANONES  |   |

El caso Romanones, visto para sentencia tras retirar la Fiscalía su acusación

El Ministerio Público pide la libre absolución del único acusado por supuestos abusos sufridos por un menor · El resto de las partes ha mantenido como definitivo su escrito de acusación provisional

El padre Román, en el centro de la imagen, a su llegada al juicio en una de las nueve sesiones celebrada. Foto: Álex Cámara

La Fiscalía Provincial de Granada ha retirado la acusación que ejercía sobre el padre Román en la última sesión del denominado caso Romanones, por lo que ha solicitado la “libre absolución” del único acusado sobre presuntos abusos a un menor al considerar que los hechos no han quedado “probados”.

El resto de las partes ha dado por definitivo su escrito de acusación provisional, de modo que la acusación particular ejercida por Daniel, el joven que denunció los hechos en 2014, ha mantenido su petición de 26 años de cárcel; al igual que ha hecho la acusación popular, ejercida por Prodeni, con una pena de 15 años; mientras que la defensa ha reiterado su petición de absolución además de la anulación del expediente canónigo.

En la novena y última sesión de las que se han celebrado en la Audiencia Provincial de Granada, en la que el juicio ha quedado visto para sentencia, el padre Román ha tenido la opción de poder ejercer su última palabra en la causa, aunque entre sollozos ha afirmado que estaba emocionado y que no podía hablar.

La Fiscalía pide la absolución

El representante del Ministerio Público, Francisco Hernández, ha relatado durante poco más de 50 minutos los motivos que le han llevado a tomar una decisión que le hacen “no poder sostener” la acusación sobre el procesado. De este modo ha asegurado que si se mantuviera su escrito de acusación provisional se estaría “haciendo un flaco favor” a la causa, en la que ha seguido “todas las normas del derecho penal”.

A su juicio, la versión de Daniel está cargada de “contradicciones” y la prueba testimonial practicada estas dos semanas no han pasado lo “que exige el derecho penal”. Así las cosas, no se puede asegurar “ni en un sentido ni en otro”, por lo que el fiscal ha expuesto sus dudas y ausencia de tener contrastado su verdad, qué ha pasado, acreditar la existencia de abusos sexuales o si hubo “penetraciones”, sin las que, ha incidido, "no hay caso". “Puede haber una relación sentimental, de dependencia emocional, no sabemos fruto de qué”, ha apuntado.

“Daniel necesita cariño, es una persona herida, hemos intentado ayudarla, pero no ha pasado la verificación de las pruebas”, ha manifestado el portavoz del Ministerio Público, que entre algunas de las explicaciones que ha dado para sostener su decisión se encuentra el hecho de que la interposición de la denuncia de Daniel, registrada cuando se fue a Pamplona, no puede ser justificada en el distanciamiento con los sacerdotes, pues el joven estuvo de Erasmus en Bélgica y “mantuvo el contacto”.

Sobre los elementos objetivos, la supuesta marca en el pene que el padre Román tiene también ha sido motivo para poner en cuestión la versión del chico y de la que el fiscal considera que, en la situación en la que se pudo producir el intento de una felación, sería “difícilmente visible” con la luz existente en la habitación. Existen, de este modo, “elementos de contradicción que suscitan serias dudas”.

El fiscal ha argumentado su actuación durante dos años y medio en este caso al recordar que el denunciante “tenía derecho a que su caso fuera escuchado” y que los acusados pudieran defenderse, además, “del juicio paralelo” en los medios de comunicación. De este modo, era “necesario” establecer “un equilibrio de una parte y otra”, pues “podía existir la duda de que fuerzas ocultas empujaran a un archivo sin juicio público”. El representante procesal del Estado también ha incidido en que no puede ser condenada una persona “si no existen pruebas garantizadas” que permitan, al menos, tener “una verdad declarada”.

Jorge Aguilera es el abogado de la acusación particular. Foto: Álex Cámara

Acusación particular

Por su parte, el abogado de la acusación particular, Jorge Aguilera, ha mantenido como definitivas sus planteamientos provisionales, basándose, entre otros, que los datos de la fisonomía del padre Román “son de una importancia relevante”, refiriéndose así a las supuestas “manchas de color café” que tendría el párroco en el pene, las estrías en la cintura o la cicatriz en la rodilla: “Se comprueban por parte de las médicas forenses”.

Del mismo modo ha añadido que esta parte procesal cuenta con documentos que corroboran la tesis acusatoria y “en alguna medida hacen prueba de la acusación formulada”. En este sentido se ha referido a las conversaciones que intercambian acusado y denunciante a través de Messenger, que a su juicio reflejan que “se puede decir de todo excepto de que eso fuera una relación normal, parece casi una relación de amor de una persona a otra”.

Aguilera ha recordado que se creó con el tiempo “un vínculo afectivo grande” del que Román era el “padre espiritual y el padre” de Daniel, por lo que “no era nada extraño que la relación se mantuviera en el tiempo”. La acusación, que ha sostenido que los hechos ocurrieron cuando el chico tenía entre 14 y 17 años, ha destacado el aspecto de “comunidad de líder” que tendría el grupo de sacerdotes, en el que el padre Román poseería “un ascendente”, lo que “proporcionaba una condición de párroco, confidente, consejero y mentor”.

“Estamos ante una persona que convive con Román y un grupo de sacerdotes, lo que hace prevalga para que libertad de David quede coartada”, ha incidido el abogado, que ha destacado al mismo tiempo que sobre la responsabilidad civil subsidiaria, que recae sobre el Arzobispado de Granada, “no habrá la más mínima duda”, pues existen unos “requisitos establecidos en los cánones” del código arzobispal. De este modo ha reiterado que los hechos están “plenamente probados” y por ello ha reiterado la petición de condena de 26 años de cárcel para el principal encausado.

El abogado de Prodeni, que ejerce la acusación popular, ha sostenido que cree en la versión dada por Daniel para denunciar los hechos y ha considerado que durante el proceso se ha "faltado al respeto y humanidad" hacia la supuesta víctima, pues "parte de su vida ha muerto".

Juan Pedro Oliver ha destacado que es "la primera vez" que la Fiscalía retira su acusación en un caso similar, por lo que ha augurado que "el procedimiento que se ha seguido puede llevar a que no se descubra la verdad y haya personas inocentes a las que no se haga justicia". Esta organización mantiene su petición de 15 años de cárcel, inhabilitación e impedimento de aproximarse del padre Román al chico.

Javier Muriel, el segundo por la izquierda, durante otra de las sesiones celebradas. Foto: Álex Cámara

La defensa del único acusado

El último en exponer su escrito de conclusiones definitivas ha sido el abogado de la defensa del padre Román, Javier Muriel, quien ha mantenido su solicitud de que el tribunal pronunciase una sentencia "completamente absolutoria" y que la acusación particular sea condenada a las costas del proceso.

Entre los argumentos empleados durante su extensa exposición, que se ha prolongado durante más de una hora y cuarto, el letrado ha recordado que ha sido "imposible" situar "cualquier tipo de abuso" con anterioridad a enero de 2008, cuando el chico era menor de edad. Así, ha calificado esto como un "aparato de maquinación con un pretendido juego de fechas", como la que le supuestamente hizo al mandar la carta al Santo Padre el 4 de agosto de 2014, coincidiendo con la onomástica de San Juan María de Vianey, algo que refleja la "maldad para que quedara marcada la parroquia para los restos".

A juicio de este abogado, Daniel es un joven "perdido y sin asesoramiento", al que además "se le han abierto todas las grandes puertas del mundo", como las del Vaticano o las de la Fiscalía Superior de Andalucía. Muriel ha incidido en que a los investigados, del que solo el padre Román se ha sentado en el banquillo de los acusados, se les aplicaron medidas más propias de un terrorista, por lo que entonces estaban convencidos de que "daba igual" lo que hicieran, pues llegaría el punto de verse en una vista oral.

Así, ha manifestado que este asunto "jamás" debió pasar de la fase de instrucción y que la verdad "solo llega a través de las pruebas", algo que no ha ocurrido porque en el denunciante existe "maldad, ánimo de venganza y resentimiento". En ello ha coincidido con el Ministerio Púbico en que durante estas sesiones se ha registrado una "catarata de contradicciones incesante" y que todo es "ilógico y no responde a criterios lógicos".

Entre los detalles en los que ha entrado a evaluar, el abogado de la defensa se ha referido a las supuestas penetraciones que "se olvida" de contar al Papa, investigadores de Valencia, la Policía y que no es hasta su declaración, después de tres horas, cuando las refiere: "Lo narrado cualquiera de las veces carece de sentido y lógica".

"Ni la exnovia del chico ni ningún otro testigo ratifica de que les contara que existieron los abusos", ha afirmado el letrado, que ha justificado el por qué de la presencia de unos libros de contenido sexual en el ordenador de Román y que el joven describió "un pene que no es" el del párroco.

Por último, el representante del Arzobispado de Granada, sobre el que recae la responsabilidad civil subsidiaria, ha pedido que se levante esta implicación de la Curia porque en "hasta ocho ocasiones" se presentaron documentos exigidos por la Justicia, actuando por tanto "conforme a derecho canónico y en base a la ordenanza civil".

El letrado ha destacado la "imparcialidad" del representante del Ministerio Fiscal y ha recalcado que el chico denunciante "nunca había contado los hechos" tal y como ocurrieron a su director espiritual y que sí había "suministrado información a personas", por lo que "la lógica" hace que la declaración de la víctima sea "contraria al sentido común".

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