sábado 20 abril
CASO SERRALLO  |   | E.P. - L. F. R.

La jueza cita como investigados a seis concejales del PP por el caso Serrallo

Declararán el 11, 12 y 16 de mayo como presuntos responsables de un delito de prevaricación urbanística

La titular del Juzgado de Instrucción 2 de Granada ha citado a declarar en calidad de investigados a los integrantes de la Junta de Gobierno local que el 26 de julio de 2012 aprobaron la modificación tras la que se construyó la discoteca en el Serrallo.

Así consta en un auto notificado este jueves, en el que la jueza cita a todos los ediles, seis de los cuales aún siguen en el grupo municipal del PP en el Ayuntamiento de Granada, para que declaren el 11, 12 y 16 de mayo como presuntos responsables de un delito de prevaricación urbanística.

Entre los integrantes del actual equipo municipal del PP han sido citados Juan Antonio Fuentes, Juan García Montero, Telesfora Ruiz, Fernando Egea, Francisco Ledesma y María Francés. A ellos hay que añadir a Juan Antonio Mérida y Vicente Aguilera, que ya no son corporativos municipales, si bien este último es integrante del Gobierno local en Ogíjares.

La jueza del caso Serrallo ha tomado esta decisión después de que el pasado 27 de marzo declarara en calidad de investigado el que fuera alcalde de Granada, José Torres Hurtado (PP), el cual expuso que tanto su participación en la Junta de Gobierno Local como la de los demás miembros se llevaba a cabo de forma "automática", puesto que seguían los criterios de los que eran informados por los técnicos.

No obstante, la magistrada argumenta que, de acuerdo al Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, los miembros de las corporaciones locales están "sujetos a responsabilidad civil y penal por los actos y omisiones en el ejercicio de su cargo y son responsables de los acuerdos en los que hayan votado favorablemente".

En este sentido, advierte la jueza de que los miembros de la Junta de Gobierno Local "no pueden limitarse a votar" como expuso Torres Hurtado en su declaración, sino que, como miembros de la corporación local, "tienen la obligación de obtener datos o informaciones (...) que resulten precisos para el desarrollo de su función. Es mas, deben de cerciorarse de que las decisiones que vayan a adoptar se ajustan a la legalidad, no pudiendo reducirse su votación a una mera actuación automática como se argumentó al respecto".

Por ello, en el auto se expone que la conducta de estos ediles en la Junta de Gobierno Local del 26 de julio de 2012 en la que se produjo una votación por unanimidad en relación con los horarios y usos complementarios del Serrallo puede ser constitutiva de un delito de prevaricación urbanística y acepta la petición de la acusación popular ejercida por el partido político VOX de traer al procedimiento a los concejales que apoyaron esta operación urbanística para que declaren como investigados.

Fuentes cercanas al caso han enmarcado esta citación en un deseo de la jueza de extremar las precauciones de forma en este complejo caso y de acotar todas las peticiones que le van haciendo las partes, para con el resultado de estas declaraciones tomar la resolución más adecuada.

El Juzgado de Instrucción 2 de Granada también instruye el llamado caso Nazarí, por el que están investigadas un total de 17 personas entre políticos, funcionarios y promotores, algunos de los cuales también están vinculados al caso Serrallo, como el exalcalde José Torres Hurtado y la exconcejal de Urbanismo Isabel Nieto, ambos suspendidos de militancia en el PP.

En el caso Serrallo se investigan la supuesta comisión de delitos de prevaricación, contra la ordenación del territorio, prevaricación urbanística, malversación de caudales públicos y fraude en la contratación al haberse supuestamente sustraído al uso público y general gran parte de un Sistema General de espacios libres "con una parcelación ilegal del mismo que ha permitido unas construcciones que, ni en su volumen ni en su destino (...) se ajustan al planeamiento general".

De hecho, la jueza cree que lo "contravienen y no respetan la concesión ni en cuanto a su objeto exclusivo de parque infantil ni en cuanto al objeto de la concesión existente ni en cuanto a su adjudicatario único, por lo que habría supuesto una alteración sustancial del pliego y del precio de la adjudicación del mismo".

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