viernes 29 marzo
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Absuelto el exalcalde de Santa Fe en la adjudicación del servicio de la grúa

También queda impune el secretario del Consorcio · Los magistrados de la Sección Primera consideran que no existió actitud prevaricadora de los inculpados

La Audiencia Provincial de Granada ha absuelto al exalcalde de Santa Fe, el socialista Sergio Bueno, de los delitos que se le atribuían inicialmente, contra la administración pública, en el caso de la adjudicación del servicio de grúa por el Consorcio Vega Sierra Elvira cuando él ostentaba su presidencia.

Asimismo, el tribunal también ha acordado la absolución del otro procesado, Prudencio R.M., el que fuera secretario en el Consorcio. Para ambos, la Fiscalía reclamaba inicialmente dos años de prisión, ocho de inhabilitación especial para cargo público y otros ocho de inhabilitación absoluta, por la posible comisión de dos delitos contra la administración pública, uno en su modalidad de prevaricación administrativa perpetrada por funcionario público y otro de fraude y exacciones ilegales.

En el fallo, los magistrados de la Sección Primera consideran que no existió actitud prevaricadora de los inculpados, en el que caso de que los hechos supusieran ese delito, ya que la resolución supuestamente delictiva, esto es, la dictada en el expediente en fecha de 28 de septiembre de 2010 que acabó con la adjudicación del servicio, no fue dictada por ninguno de ellos, sino por el gerente del Consorcio.

De manera que, "sin necesidad de entrar en el análisis del resto de los requisitos integrantes del tipo imputado", los acusados deben ser absueltos del delito de prevaricación ordinaria del que venían siendo acusados.

En lo que se refiere al otro delito, el de fraude y exacciones ilegales, el tribunal reprocha a las acusaciones no haber sido "claras" a este respecto, ya que, al margen de la mención sobre que los inculpados "se concertaron entre ellos para enriquecerse a sí mismos, favoreciendo a terceros y a costa de recursos públicos", no se contiene "referencia alguna" a qué actos en concreto fueron llevados a cabo para ello, "no conteniéndose tampoco petición de condena respecto del particular que supuestamente formó parte de este concierto".

Por ello, proceden a la absolución de los dos acusados, en una sentencia, de fecha 27 de enero y que aún se está notificando, contra la que cabe interponer recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

Durante el juicio, que se celebró los pasados 19 y 20 de enero, Bueno se declaró inocente de las acusaciones y se desvinculó de las posibles irregularidades en la adjudicación, afirmando que las decisiones correspondían al gerente del Consorcio, como así finalmente han contemplado los jueces.

Según la acusación de la Fiscalía, los dos procesados, con la "pretensión de enriquecerse ilícitamente" y "favoreciendo a terceros" a costa de los fondos públicos, iniciaron el 15 de marzo de 2010 un procedimiento de supuesta licitación por el procedimiento de negociado y sin publicidad para llevar a cabo la adjudicación o contratación del servicio de retirada de vehículos abandonados en la vía pública en los términos municipales integrados en el Consorcio.

Sería por un importe total de 60.000 euros por tiempo de dos años, y resultó adjudicataria provisional la mercantil 'Bueno Mar Sociedad Limitada', pero, al no hallarse inscrita registral ni tributariamente, tuvieron que renunciar a tal adjudicación, tras denunciarse tales irregularidades.

Ante la situación de hecho así creada, "y persistiendo ambos acusados en los mismos ilícitos propósitos originarios", el siguiente 3 de agosto promovieron una nueva adjudicación del servicio, ahora con una duración de un año por un importe de 50.000 euros, concurriendo al mismo 'Grúas Anias', 'Grúas Cijuelas', 'Bueno Mar' y 'Grúas Taboada'.

Las ofertas, según el fiscal, se abrieron el 30 de agosto de 2010 y resultó de ello la adjudicación, el 28 de septiembre, a favor de 'Bueno Mar', que por ello recibió entre el 22 de noviembre de 2010 y hasta un año después un total de 49.560 euros en pagos del Consorcio. Todo, "después de oír desdeñosamente" los acusados "los reparos opuestos frente a la manifiestamente ilícita adjudicación así decidida, y la evidente carencia por parte de la entidad beneficiaria de otros requisitos previamente establecidos en el pliego de condiciones", lo que motivó un recurso contencioso-administrativo en el juzgado por parte de los otros concurrentes.

Sin participación

Sin embargo, Bueno dijo que sólo participó en la primera adjudicación, pero sin entrar en la valoración de ofertas ni en la tramitación administrativa que, según ha dicho, correspondía al gerente del Consorcio, porque de lo contrario se habrá "excedido" en sus funciones.

Sí aprobó los pliegos para la adjudicación y procedió a la aprobación provisional del contrato. Sin embargo, la definitiva no llegó a producirse por una serie de reparos del interventor, que advirtió de la posible nulidad de la adjudicación por una serie de errores sobre la prórroga del servicio.

Por eso, se procedió a la segunda adjudicación del servicio, por 50.000 euros por un año, lo que el fiscal le reprocha en su escrito de acusación, teniendo en cuenta que entre el primer y segundo anuncio (15 de marzo de 2010 y 3 de agosto de 2010) el servicio a licitar aumentó casi el doble (de 60.000 en dos años a 50.000 en solo uno).

A sus preguntas por este asunto, Bueno explicó que en realidad la primera cantidad se debió a un error, ya que lo estipulado por este tipo de servicio, que incluía una serie de tramitaciones administrativas relacionadas con la retirada de vehículos y el depósito de los mismos, era de 50.000 euros anuales.

El expresidente del consorcio explicó que no tuvo ninguna participación en esa segunda adjudicación puesto que no se encontraba en buenas condiciones en lo personal, ya que su padre había fallecido por esas fechas. Por eso, delegó sus funciones en el gerente del Consorcio, aunque admitió que sí se recibieron una serie de burofax del denunciante y concurrente, Grúas Taboada, advirtiendo de la posible ilegalidad de la adjudicación.

El otro procesado, el secretario del consorcio, indicó que tanto en la primera como en la segunda adjudicación sólo dio fe del proceso y ofreció su asesoramiento, pero ha negado que tomara alguna decisión al respecto. Según ha aclarado, la segunda adjudicación no se limitaba sólo a la grúa, sino a toda la tramitación administrativa del servicio, y fue una comisión de expertos la que optó por la oferta ganadora.

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