jueves 28 marzo
SUCESOS  |   | Europa Press

Absuelto un capitán que vendió 170 kilos de vainas usadas a una empresa de Granada

Destinó el dinero, 476 euros, para la compra de utensilios de cocina y alimentos

El Tribunal Militar Territorial Segundo ha absuelto al capitán del Ejército de Tierra (CGA) Don José, juzgado por un delito contra la hacienda militar por vender a una empresa de Granada 170 kilogramos de vainas de proyectiles utilizados en ejercicios de tiro por importe de 476 euros, destinados para la compra de utensilios de cocina y alimentos.

En la sentencia, el tribunal togado concluye que el acusado no incurre en delito contra la hacienda militar porque no queda probado que el beneficio económico obtenido por la venta de dicho material, y que asciende a 476 euros, fuera para provecho propio.

La Fiscalía Jurídico Militar pedía seis meses de prisión así como suspensión de empleo, cargo público y derecho a voto para el capitán, a quien le reclamaban la devolución íntegra de la cantidad recaudada por la venta de las vainas en concepto de responsabilidad civil.

Pese a que la resolución admite que los hechos ocurridos con fecha de 21 de marzo de 2013 quedan probados, concluye que la conducta que describe el tipo recogido en el artículo 194 del Código Penal de 1985 "no encuentra figura correlativa" en el Código Penal de 2015.

No obstante, el tribunal togado reconoce que el capitán incumplió "las normas sobre el material inútil" en referencia a la venta de los 170 kilos de vaina a una empresa de Granada ya que, según un informe de la Agrupación de Apoyo Logístico 21, dicho material debe ser entregado a la batería de municionamiento que realizó el suministro, para que un gestor de residuos autorizados procede a la retirada de este tipo de chatarra.

No queda probado el beneficio propio

La Fiscalía se limitaba a sostener que se abonó la cantidad de 476 euros a la citada empresa y que se emitió una factura por dicha transacción, la cual no se reflejó en la contabilidad del Acuartelamiento. Por ello, la acusación "no indica en su relato que el Capitán recibiera o se apoderara del dinero abonado por la empresa".

La resolución se apoya en la declaración de varios testigos que respaldan la versión del acusado y de cuyos testimonios "pudiera deducirse" que esa cantidad, "al menos en parte, fue dedicada a la atención de necesidades del personal de la Unidad como suplemento alimenticio durante el desarrollo de maniobras".

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