Año y medio de cárcel para un varón que estafó a una mujer de Granada para alquilar un piso en Valencia
El acusado, con hasta 15 condenas previas por otros hechos, quiso pedir más dinero, pero no consiguió su propósito
Un juez de Granada ha condenado a año y medio de cárcel a un hombre de Granada que estafó a una mujer también granadina 700 euros en el alquiler de un piso en Valencia en el que ella quería alojarse. El acusado, con hasta 15 condenas previas por otros hechos, quiso pedir más dinero, pero no consiguió su propósito.
Según consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso ahoraGranada, los hechos se remontan a julio de hace dos años, cuando la víctima encontró a través de la web 'Idealista' un piso para alquilar en Valencia, contactando con el número de teléfono que le aparecía en el que el acusado u otra persona con su consentimiento manifestó llamarse de una forma y le envió captura de pantalla de DENI con este nombre.
Así, le dijo que la vivienda estaba disponible y le pidió 700 euros para hacer la reserva del alquiler, realizando la mujer la transferencia a la cuenta corriente del acusado, desconectándose posteriormente sin contestar a llamadas y mensajes y haciendo desparecer el anuncio inicial, incorporando el dinero el ahora condenado a su patrimonio personal y que no ha sido recuperado actualmente.
El juez considera que hay prueba de cargo suficiente para concluir que el acusado fue el autor del delito de estafa y tenía la intención previa, "clara y terminante" de incumplir el acuerdo, ganándose su confianza y lograr que la víctima le enviara el precio.
En el plenario manifestó que había perdido su DNI por lo que la cuenta bancaria tuvo que abrirse con ese documento perdido, "siendo totalmente ajeno a los hechos denunciados, pues alguien le ha suplantado su identidad".
El juez considera que esto son "meras excusas" sin fundamento alguno, pues hay "variadas circunstancias" que determinan su autoría del delito de estafa, al tiempo que considera que si perdió el DNI debió denunciarlo, algo que no consta, ni tampoco la renovación del documento.
No obstante, el acusado dijo que la denuncia estaba en su casa ante el plenario, una alegación inverosímil para el magistrado desmentida por el agente de la Policía Nacional negando que existiera denuncia por suplantación de identidad.
"Es ilógico que el acusado no haya denunciado esta supuesta falsedad documental /suplantación de identidad, máxime cuando el acusado ostenta 15 condenas firmes en su larga historia delictiva, siendo plenamente conocedor de la dinámica policial y judicial en este ámbito, con experiencia en la materia", añade el juez.
Supuesta falsedad documental
Transcurrido más de un año hasta el día del juicio, teniendo tiempo para demostrar la falsedad documental en la apertura de la cuenta a su nombre, no se hizo, relata la sentencia, lo que es "anómalo, inverosímil o excepcional" el hecho de que una entidad bancaria abra una cuenta corriente a nombre de una persona con un DNI falso o suplantado.
Justo en el momento de la última toma de palabra, el procesado pidió oír el audio de la persona que habló con la denunciante, algo que también "llama la atención" al juez al no solicitarse en el momento procesal oportuno.
No obstante, es "probable" que el acusado pudiera cometer la estafa en connivencia con otra persona, que fuera el que conversara con la víctima, aportando cada uno una cooperación a la consumación de la estafa, apertura de la web, DNI, teléfonos, intervención o número de cuenta.
En conclusión, la prueba practicada y analizada permite desvirtuar la presunción de inocencia del acusado, existiendo "datos objetivos" probatorios básicos en los que fundar una sentencia condenatoria.
Por todo ello lo condena a año y medio de cárcel y al pago de las costas así como la indemnización a la víctima por 706 euros.