jueves 28 marzo
VIOLENCIA DE GÉNERO  |   | E.P.

Condenado a 22 años de prisión el legionario que degolló a su expareja en el Zaidín

Tendrá que indemnizar con 600.000 euros a la hija menor de la víctima y con 100.000 euros al padre

El acusado de degollar a su expareja en 2020, durante el juicio. Foto: Álex Cámara

La Audiencia Provincial de Granada ha condenado a 22 años de prisión por un delito de asesinato con la agravante de parentesco y de género al legionario acusado de asesinar, el 8 de febrero de 2020, a su expareja asestándole una puñalada en el cuello en la vivienda del barrio del Zaidín donde residía la víctima, Ana María M.M, de 38 años, una maestra natural de Íllora que semanas antes del crimen decidió poner fin a la relación sentimental.

En la sentencia, la Sección Segunda de la Audiencia también le condena a indemnizar en 600.000 euros a la hija menor de edad de la víctima -fruto de una relación anterior- por el daño moral causado y en otros 100.000 euros al padre de la víctima, a los que el acusado no podrá acercarse a menos de 500 metros ni comunicare con ellos por ningún medio durante 25 años.

El acusado, un joven de 26 años que en el momento de los hechos era legionario destinado en Viator (Almería), declaró durante el juicio que mató a su expareja después de que ella intentara agredirle primero con un cuchillo tras una discusión. "Como legionario mi mejor defensa era luchar, no salir huyendo; no soy un cobarde", llegó a sostener cuando se le preguntó por qué no optó por marcharse o por manejar de otro modo la situación tras ese supuesto forcejeo con la víctima en el que, según reconoció, él no sufrió ninguna lesión.

El jurado no creyó esta versión y le declaró por unanimidad culpable de asesinato con alevosía, en la línea de lo que mantienen las cinco acusaciones que ha habido en esta causa, ejercidas por el padre y la hija de la víctima, la Fiscalía, la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Íllora, a través del despacho de Rafael Revelles.

En la sentencia, contra la que cabe recurso al TSJA, se considera probado que el acusado y la víctima mantuvieron una relación de un año y medio en la que convivieron de forma intermitente en el domicilio de ella y que, tras algunas rupturas previas seguidas de reconciliaciones, a finales de enero de 2020, Ana María dio por concluida la relación de forma definitiva, "a lo que éste se opuso e intentó en varias ocasiones contactar ella", aunque Ana María se negaba y llegó a bloquearle en el móvil.

Tras esa ruptura, el 8 de febrero de 2020, el acusado se encontraba en Guadix, en casa de su madre y hermano, y sobre las 15.45 horas se dirigió a la vivienda de la víctima y aprovechando que entraban unos vecinos accedió al inmueble. Una vez en la puerta, la convenció para que le abriese y le dejase entrar.

Allí "se inició entre ambos una discusión por los celos del acusado, al reprochar a Ana María que no quisiera reanudar la relación con él y se mostrase dispuesta a tener contacto con otros hombres", según se expone en la sentencia. En el transcurso de la misma, le arrebató sus dos teléfonos móviles y comprobó que efectivamente había mantenido contacto con otras personas, lo que le enojó y los rompió contra el suelo.

Seguidamente, "comenzó a agredir a Ana María, la golpeó y la agarró del cuello por detrás", por lo que ella, aturdida por los golpes recibidos y por esa maniobra, cayó de espaldas en el suelo del recibidor junto a la puerta de entrada de la vivienda. En ese momento el acusado "tomó un cuchillo de la cocina" y "con intención de acabar con su vida" le "propinó una cuchillada en el cuello" con el que le seccionó la arteria carótida izquierda.

A continuación, el acusado salió del domicilio, al cual no se podía acceder al estar la llave echada por dentro, y se cruzó con el padre de Ana María y con un vecino que le acompañaba, los cuales estuvieron momentos antes intentando abrir la puerta, sin conseguirlo.

Tras salir a la calle, el acusado condujo su vehículo de regreso hacia Guadix, donde habló con su hermano y su madre de lo sucedido. "Les dijo que había matado a su novia, que no podía ser de otra manera, y que a lo hecho pecho", por lo que el hermano lo llevó al cuartel de la Guardia Civil de Guadix para entregarlo y ante los agentes "se presentó diciendo que había estrangulado a su novia y le había cortado el cuello". Esto último ha propiciado que el tribunal le aplique el atenuante de confesión.

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