viernes 19 abril
TRIBUNALES  |   | Europa Press

Condenado un banco a devolver "comisiones abusivas" cobradas en un préstamo multidivisa

La ayuda fue concertada en 2007 por unos particulares para adquirir su vivienda habitual y en vez de euros escogieron el franco suizo

La Audiencia de Granada ha confirmado la nulidad de ciertas "cláusulas abusivas" de un préstamo multidivisa y ha condenado al banco a devolver las comisiones que generaron a sus titulares, tras acreditarse que no fueron debidamente informados sobre los riesgos de este instrumento financiero.

La Sala resalta en la sentencia, que la hipoteca multidivisa es un "producto complejo y de evidente riesgo". Se caracteriza en que el usuario puede seleccionar la moneda de referencia para la entrega del capital prestado y el pago de las cuotas periódicas de amortización.

Así, al margen de las variaciones de tipo de interés, una variable importante en este préstamo es la cotización de la divisa elegida frente a la moneda nacional, en este caso el euro.

Puede darse la situación de que, si el euro se deprecia frente a la divisa elegida en el préstamo, pasados unos años, el usuario le deba al banco en euros el doble que al principio, según detallan desde el Despacho de Abogados Martínez Echevarría, que ha llevado el asunto.

En este caso, el préstamo fue concertado en 2007 por unos particulares para adquirir su vivienda habitual y en vez de euros escogieron el franco suizo.

Al producirse en los años de la crisis una depreciación del euro, las cuotas fueron subiendo considerablemente. Esta circunstancia de variación mensual en función del cambio de divisa era "totalmente desconocida" por el cliente y en 2014, al hacer balance de lo pagado y lo pendiente, las cifras resultaron "totalmente incongruentes".

Así, habiendo ya pagado más de 77.000 euros entre amortización de capital e intereses, el usuario todavía tenía de capital pendiente más de 192.000 euros; una cifra muy superior a lo previamente solicitado en la apertura del préstamo.

El Juzgado de Instrucción 5 de Granada dio la razón al cliente, anulando determinadas cláusulas de la escritura por falta de transparencia en la información que le fue dada y condenó a la entidad a la devolución de las comisiones abusivas y a la reconversión del préstamo a la moneda euro y al Índice Euríbor. Una sentencia que ahora ha confirmado la Audiencia de Granada tras desestimar el recurso presentado por la entidad financiera.

La abogada encargada del asunto, Diana Martín, del Despacho de Abogados Martínez Echevarría en Granada, ha señalado que "siendo la primera vez que se realizaba el análisis de este recurso en la historia de la Audiencia Provincial de Granada, era importante la resolución y ha confirmado las pretensiones abusivas de este tipo de préstamos y las cláusulas que le acompañan".

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