miércoles 24 abril
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Diez años y medio de prisión para el acusado de matar a un hombre en Alfacar en legítima defensa

El procesado mantenía una relación de amistad con otro jubilado, propietario de un terreno donde cultivaba habas, ajos y otras hortalizas

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Granada ha condenado a diez años y medio de prisión al hombre que un jurado declaró culpable de un delito de homicidio con la eximente incompleta de legítima defensa por matar en marzo de 2020 de un disparo en la cabeza a otro en un paraje del término municipal de Alfacar, donde el cuerpo de la víctima fue encontrado tres días después.

Según consta en la sentencia, el procesado mantenía una relación de amistad desde unos cinco años atrás por su común interés por el campo con otro jubilado, el cual era propietario de un terreno en un paraje de Alfacar, donde cultivaba habas, ajos y otras hortalizas.

El ahora condenado por homicidio acudía "de forma irregular" a este lugar para hacer con su amigo "pequeñas faenas agrícolas en el cuidado y mantenimiento de las plantaciones", refleja la sentencia, contra la que cabe recuso, en los hechos probados.

El 10 de marzo de 2020, sobre las 12.00 horas, decidieron abandonar la finca, dirigiéndose andando hacia el riachuelo llamado Acequia de Fardes, camino que aprovechó el procesado para coger unos espárragos silvestres en un olivar colindante con la parcela.

Cuando llegaron al río, apareció por la otra orilla el dueño de una parcela vecina que "se encaró" por diferencias previas con el amigo y "le propinó un empujón que le hizo caer al suelo, donde quedó aturdido".

Ante esta situación, el procesado optó por huir del lugar, y cuando llevaba caminados unos 50 metros, se dio cuenta de que el atacante "se le acercaba corriendo empuñando el palo de madera en actitud agresiva".

A unos 100 metros del lugar junto al río donde había tenido la lugar la agresión a su amigo, el procesado se detuvo en una explanada a pesar de que el otro se le acercaba. Cuando lo alcanzó "tiró el palo, debió sacar en algún momento el hacha, y estando ambos frente a frente", también "trató de sacar el machete que llevaba enfundado al cinto".

En ese momento, el procesado, "temiendo por su vida o ser gravemente herido, impulsado por la necesidad de defenderse del inminente ataque, sacó una pistola que habitualmente llevaba consigo y con el propósito de causar la muerte" al otro, le "efectuó un disparo contra él a una distancia de entre un metro a metro y medio" en la cabeza.

Así, le causó la muerte "de forma instantánea", señala el tribunal, que hace constar que el ahora condenado "era consciente" de que al disparar a la cabeza con un arma de fuego "a la poca distancia a la que se encontraba de él, disminuían considerablemente las posibilidades" del otro de "defenderse para evitar ser herido o morir".

La condena asciende a los diez años y medio de prisión, ocho y medio por la comisión del delito de homicidio, con la eximente incompleta de legítima defensa, y otros dos por el de tenencia ilícita de armas.

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