sábado 20 abril
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El Ayuntamiento de Lanjarón recurrirá el fallo absolutorio del exalcalde socialista Mariano Ruiz

El juez considera probado que la gestión del exregidor con el camión de la basura causó "un perjuicio económico al municipio"

El Ayuntamiento de Lanjarón presentará un recurso de apelación contra la sentencia que absuelve al exalcalde socialista Mariano Ruiz de un presunto delito de prevaricación. El titular del juzgado de lo penal 5 de Granada, Miguel Ángel Torres, ha dictado una sentencia que todavía no es firme y en la que censura la gestión económica realizada por el ex regidor cañonero, ante la avería del camión de la recogida de basura. Según el juez, las actuaciones de Ruiz “han costado mucho al pueblo”, con unas decisiones que cataloga de “no muy brillantes”, y que causaron un perjuicio económico al ayuntamiento de Lanjarón.

El consistorio cañonero acata el fallo, pero no comparte la interpretación que hace de los hechos la sentencia, por lo que ejercerá su derecho al recurso de apelación ante la Audiencia Provincial. El Ayuntamiento secunda la tesis de la Fiscalía, que solicita 8 años de inhabilitación especial para ejercer cargo o empleo público. “La Audiencia tendrá que ser la que determine si Mariano Ruiz tuvo una conducta delictiva o sólo cometió irregularidades de carácter administrativo”, asegura el alcalde de Lanjarón, Eric Escobedo.

Sí está de acuerdo la acusación particular con el juez cuando expresa en su sentencia que “son los votantes los que deben analizar su gestión y decidir” en las urnas.

“Queda acreditado por el fallo que el Ayuntamiento de Lanjarón tuvo un perjuicio económico evidente por la gestión de Mariano Ruiz”, recalca el alcalde Eric Escobedo, quien comparte “la petición de la Fiscalía”.

En la sentencia emitida por Miguel Ángel Torres el juez afirma textualmente que Mariano Ruiz acordó ”un alquiler que asciende a más de 110.000 euros” con la empresa del ex alcalde socialista de Albondón, Juan José Castillo. “Si hubiera comprado el camión directamente, el pueblo habría gastado menos dinero y hubiera sido la opción más barata”, afirma.

En el fallo, el juez también reconoce que la gestión del alquiler con la empresa Hermacasti se hizo sin ningún procedimiento administrativo, pese a lo cual, no lo considera una conducta prevaricadora.

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