miércoles 22 enero
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El hijo de Juana Rivas seguirá en España mientras se resuelve el conflicto de competencias sobre su caso

El equipo jurídico de la madre recalca que ante un posible conflicto negativo de competencia la situación actual de protección del menor en España se prolongaría varios meses

El equipo jurídico de Juana Rivas ha lamentado este viernes que el caso en relación a su hijo pequeño haya entrado en un "conflicto de competencias" entre juzgados sobre quién debe resolver la petición de medidas de protección para evitar que regrese a Italia con su padre, que tiene la custodia y está siendo investigado en su país por presuntamente maltratarle.

Igualdad destaca en relación al caso Juana Rivas que "debe prevalecer el interés superior del menor"
El Ministerio de Igualdad ha señalado este viernes, en relación a la indeterminación o discrepancias sobre cuál es el órgano judicial en España para decidir sobre la situación del hijo pequeño de Juana Rivas y el riesgo de que tenga que regresar a Italia con su padre, que, "desde el respeto a la independencia del Poder Judicial y los procedimientos judiciales, siempre debe prevalecer el interés superior del menor". "El interés superior del menor consiste en escuchar al hijo de Juana, tener en cuenta su opinión, garantizar su seguridad e impedir que conviva con un maltratador", explica la ministra de Igualdad, Ana Redondo. Del mismo modo, la ministra recuerda que tanto los Juzgados de Violencia contra la Mujer, si se entiende que hay violencia de género o vicaria, como los Juzgados de Instrucción y los de Familia, si se entiende que hay violencia doméstica, pueden y deben proteger y amparar al menor, en aplicación de la obligación del Estado Español de aplicar la diligencia debida recogida en el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y en el Convenio de Estambul. La ministra recuerda que el Reglamento 2019/1111 del Consejo de la Unión Europea, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia matrimonial y de responsabilidad parental, y sobre la sustracción internacional de menores, deja la puerta abierta a denegar el reconocimiento de una resolución de otro estado en materia de responsabilidad parental si la misma fuera manifiestamente contrario al orden público o a que la competencia judicial corresponda al país dónde está el menor de facto siempre y cuando exista un problema de orden público, considerando a este como un orden constitucional, en el que se respeten los derechos constitucionales de todas las personas por igual. "El orden público en democracia es el orden público basado en la defensa y protección de los derechos, en este caso, del menor y de su madre", explica la ministra. Finalmente, Redondo destaca que es imprescindible seguir avanzando en la renovación del Pacto de Estado contra la Violencia de Género para que tipos de violencia como la vicaria dispongan de una normativa aplicable en España.

Por el momento, el menor permanecerá en España al seguir vigente la suspensión provisional de entrega a su progenitor adoptada el pasado martes por un juzgado de guardia granadino.

En un auto dictado este pasado jueves, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Granada ha rechazado hacerse cargo de la causa por entender que los hechos no son constitutivos de violencia de género sino de un delito de maltrato (violencia doméstica) y después de que el Juzgado de Instrucción 4 de Granada, en funciones de guardia, se inhibiera a su favor.

En un segundo auto, la magistrada Aurora Angulo también deniega las medidas de protección para el hijo menor de Juana Rivas, que ha solicitado que permanezca con ella en España hasta que se resuelva el proceso abierto en Italia contra el padre por maltrato.

Así las cosas, la jueza de Violencia de Género ha devuelto el procedimiento al Juzgado de Instrucción 4 de Granada al considerar que no es competente en esta causa, si bien las medidas cautelares adoptadas para el menor el pasado martes, en funciones de guardia, se mantienen y el niño permanecerá de momento en España.

Desde el equipo jurídico de Juana Rivas recalcan que ante un posible conflicto negativo de competencia -ningún órgano se declara competente para resolver- la situación actual de medida de protección del menor en España se puede prolongar "varios meses".

"Daniel se queda aquí y seguiremos luchando incansablemente para que esa decisión provisional se convierta en definitiva. Y mientras diferentes tribunales españoles e italianos siguen discutiendo sobre a quién le corresponde decidir, Daniel que ya está escolarizado en España, celebrará el sábado su undécimo cumpleaños en la casa en la que quiere estar y con quien quiere estar", señalan los abogados de Juana Rivas.

La misma jueza ocho años después

El equipo jurídico ha hecho hincapié en que el caso ha caído en manos de la misma jueza que "archivó en un cajón" en 2016 la denuncia que cursó Juana Rivas nada más llegar a España, "huyendo de su maltratador" dando lugar al conocido como 'Caso Juana Rivas' porque desde Italia su expareja, Francesco Arcuri, alegó la sustracción internacional de los dos hijos que tienen en común.

Ello, según sostienen, "desencadenó las nefastas consecuencias por todos conocidas" y ocho años después "el caso de Juana Rivas y la protección de su hijo menor vuelven a estar en manos de la jueza Aurora Angulo".

Los abogados lamentan así que "tras la exploración del menor ante una jueza de guardia, el pasado martes, en las que relató la violencia física y psíquica que ha ejercido su padre sobre él y el terror que siente ante la idea de retornar a Italia", la jueza de Violencia número 2 de Granada haya dictado un auto en el que considera que los hechos no son constitutivos de violencia de género".

De hecho, en el auto la jueza mantiene que se trataría de un presunto delito de maltrato (violencia doméstica) e incoa diligencias previas por este asunto de las que se dará parte a la Fiscalía.

Junto a ello, los abogados consideran "un hecho gravísimo que una magistrada especializada en violencia de género no comprenda lo que es la violencia vicaria, que consiste en dañar o controlar a los hijos para hacer sufrir a la madre" y no tome tampoco medidas de protección respecto del menor.

"Ahora en 2025 vuelve a equivocarse al dejar de otorgar la debida protección a un menor que está sufriendo, al que ni siquiera quiere escuchar, pese a tener 11 años y la debida madurez para relatar lo que estaba soportando en Italia en primera persona y con todo detalle. Unos hechos terribles que ya ha escuchado la jueza de guardia. En lugar de ello, remite el caso a otro juzgado", critican.

Precisan no obstante que, si bien este nuevo conflicto de competencia "dilata injustificadamente el procedimiento una vez más", en absoluto altera la medida cautelar adoptada el pasado martes y "Daniel se queda en España" por el momento y se ejercitarán los recursos oportunos para conseguir que la medida de protección sea definitiva.

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