jueves 28 marzo
Coronavirus  |   | Redacción aG

Los casos en los que es obligatorio el uso de la mascarilla desde este miércoles

Tras 25 meses este elemento de protección solo tendrá que ser utilizado obligatorio en algunos espacios compartidos · El uso en el trabajo queda pendiente de las empresas

La mascarilla solo será obligatoria en algunos casos concretos. Foto: Álex Cámara

PDF | Descárguese el documento del BOE que regula el uso de la mascarilla

El Gobierno central ha publicado el Boletín Oficial del Estado en el que se especifica el Real Decreto por el que se regula el uso de la mascarilla a partir de ahora, dada la evolución de la pandemia de la Covid. Estos son los casos.

Uso obligatorio de la mascarilla

- En los centros, servicios y establecimientos sanitarios según lo establecido en el Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios, por parte de las personas trabajadoras, de los visitantes y de los pacientes con excepción de las personas ingresadas cuando permanezcan en su habitación.

- En los centros sociosanitarios, los trabajadores y los visitantes cuando estén en zonas compartidas.

- En los medios de transporte aéreo, por ferrocarril o por cable y en los autobuses, así como en los transportes públicos de viajeros. En los espacios cerrados de buques y embarcaciones en los que no sea posible mantener la distancia de 1,5 metros, salvo en los camarotes, cuando sean compartidos por núcleos de convivientes.

Estas opciones no serán exigibles en los siguientes supuestos:

- A las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

- En el caso de que, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.

Uso recomendado de la mascarilla

- Se recomienda para todas las personas con una mayor vulnerabilidad ante la infección por Covid-19 que se mantenga el uso de mascarilla en cualquier situación en la que se tenga contacto prolongado con personas a distancia menor de 1,5 metros.

- Se recomienda un uso responsable de la mascarilla en los espacios cerrados de uso público en los que las personas transitan o permanecen un tiempo prolongado.

- Se recomienda el uso responsable de la mascarilla en los eventos multitudinarios. En el entorno familiar y en reuniones o celebraciones privadas, se recomienda un uso responsable en función de la vulnerabilidad de los participantes.

- En el entorno laboral, con carácter general, no resultará preceptivo el uso de mascarillas. No obstante, los responsables en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con la correspondiente evaluación de riesgos del puesto de trabajo, podrán determinar las medidas preventivas adecuadas que deban implantarse en el lugar de trabajo o en determinados espacios de los centros de trabajo, incluido el posible uso de mascarillas, si así se derivara de la referida evaluación

Publicidad

Comentarios

©Queda totalmente prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta noticia sin autorización expresa de la dirección de ahoraGranada
Publicidad
DÍA A DÍA
Desarrollado por Neobrand
https://ahgr.es/?p=203225