martes 19 marzo
La Capital  |   | Europa Press

Imponen 120 euros de multa al ultra que amenazó a la exedil de IU Maite Molina por Twitter

"Puedes irte a morirte también, o si no te irás a la fosa dentro de un tiempo estarás pudriéndote entre cal viva", puso el ahora condenado

El Juzgado de Instrucción 8 de Granada ha condenado a 120 euros de multa al joven relacionado con grupos de ideología nazi y miembro de los 'ultras' en un club deportivo que fue arrestado en 2012 por amenazar a la edil de IU Maite Molina a través de la red social Twitter.

En la sentencia, el juez considera probado que el 27 de junio de 2012 el joven, de iniciales J.L.D.R., intervino en una conversación que Molina mantenía por esta red social con su compañero de grupo municipal, Francisco Puentedura, para decirle: "Puedes irte a morirte también, o si no te irás a la fosa dentro de un tiempo estarás pudriéndote entre cal viva".

Tras la denuncia de Molina, las gestiones policiales llevaron a la identificación del inculpado, en Arroes, Villaviciosa, en Asturias. Para el juez, el joven obró "con manifiesto ánimo de quebrantar y perturbar el sentimiento de sosiego y tranquilidad" de su interlocutora.

En el fallo, el titular de Instrucción 8 rechaza el argumento esgrimido por el joven, que negó intencionalidad y que profiriera tales expresiones como amenazas, ya que el miedo ante la posibilidad de que algún tipo de mal le fuera causado fue "real" para la denunciante.

Por ello, le condena por una falta de amenazas a la multa de 120 euros, con un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas en caso de insolvencia y el abono de las costas procesales, en una resolución contra la que cabe la interposición de recurso.

Se trata de una multa inferior a la que solicitaba Molina, como acusación particular, que reclamaba que el ultra fuese condenado por delito leve de amenazas al pago de una multa de 200 euros, si se aplica el Código Penal vigente en el momento de los hechos, o por una falta de amenazas a multa de 900 euros, si se tiene en cuenta en nuevo Código Penal.

En el juicio, celebrado el 28 de enero, el acusado no se personó pero sí presentó un escrito de alegaciones en el que ha negó que tuviera intención de amenazar a la entonces edil, y manifestó sus disculpas por lo ocurrido. A través de ese escrito, el acusado alegó además la posible prescripción de su responsabilidad penal, algo que el juez no ha admitido

Molina, que compareció como denunciante, rechazó los argumentos del procesado, que afirmó que sus palabras se habían producido en el transcurso de una discusión vía Twitter. "No hubo ningún calentón dialéctico ni ningún tipo de debate político", indicó la exedil, que comprobó en el perfil del denunciado que lucía esvásticas y otra simbología nazi. Por ello, señaló que sintió "miedo" al comprobar su afinidad a "una ideología criminal".

Además, la exedil sostuvo que el mismo joven, que fue detenido en la localidad asturiana de Villaviciosa, se iniciaron a raíz de su denuncia hace ahora más de tres años, después creó un perfil falso bajo su nombre, suplantándole la identidad.

En este caso, la Fiscalía no acusó por "falta de legitimidad" y aclaró que podría haber ejercido la acción penal si se hubiera presentado una querella por calumnias. Además, el representante del Ministerio Público incidió en que en el momento de los hechos no se le podía atribuir un delito de incitación al odio, que ahora sí contempla el nuevo Código Penal y que habría supuesto penas de hasta dos años de prisión.

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