Las supuestas irregularidades en el Serrallo, investigadas
La denuncia interpuesta por la Fiscalía va contra un promotor inmobiliario y cinco cargos del área de Urbanismo por posible delito contra la ordenación del territorio
El Juzgado de Instrucción número 2 de Granada será el encargado de investigar la denuncia interpuesta por la Fiscalía contra un promotor inmobiliario y a cinco cargos del área de Urbanismo en el Ayuntamiento de Granada por posible delito contra la ordenación del territorio y prevaricación urbanística en la operación que permitió la construcción de una discoteca, con sala de fiestas y pista de patinaje con bar, en una zona verde del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de la capital, concretamente junto al centro comercial Serrallo Plaza.
Según han informado a Europa Press fuentes judiciales, la titular del Juzgado, María Ángeles Jiménez Muñoz, está estudiando la posibilidad de abrir o no diligencias de investigación penal, decisión que aún no ha tomado.
En principio, según señala el fiscal en su denuncia, a la que ha tenido acceso Europa Press, no existen datos para atribuir estos posibles delitos al alcalde de Granada, José Torres Hurtado, dado que tenía delegadas las competencias en materia de urbanismo, ni a la concejal encargada del área, Isabel Nieto, puesto que actuó conforme a los informes técnicos favorables.
Así, y "sin perjuicio de que a lo largo de la instrucción judicial decaigan los indicios respecto de alguno de los denunciados" o, por el contrario aparezcan indicios de la posible responsabilidad criminal de otras, la denuncia se dirige contra el representante legal de 'Inversiones Área Sur', y cinco altos cargos de Urbanismo, concretamente contra el director general de Licencias en el Ayuntamiento, el director Técnico de Obras, el arquitecto jefe del Servicio, la directora general de Urbanismo, y el coordinador del Área de Urbanismo y Obras.
El Ministerio Público, que interesa la apertura de diligencias previas en un juzgado de instrucción de Granada, abrió una investigación por este caso en agosto del pasado año, después de que un particular, exfuncionario de Urbanismo del Ayuntamiento de Granada, denunciara posibles delitos urbanísticos en el sistema general de espacios libres.
Los hechos se remontan al año 2006, cuando se otorgó concesión administrativa para la realización de un parque de atracciones infantil junto al Serrallo Plaza. El objeto de esa concesión fue sin embargo "modificado sucesivamente a través de alteraciones del proyecto de urbanización" que debía concretar las obras a desarrollar en el parque, incorporando incluso varias edificaciones "sin solicitar licencia para ello".
Arranque de árboles
Con posterioridad, a través de licencias de obra menor se cubrió la pista de patinaje y se adecuaron interiormente los dos pabellones destinados a restauración, procediendo igualmente al arranque de ejemplares de árboles situados dentro de la zona verde para realizar determinadas obras que permitieran el acceso de vehículos al interior del parque.
Todas estas actuaciones fueron "cercenando paulatinamente el uso propio y público a que se ha ido orientando la utilización y protección de las zonas verdes en el urbanismo".
Una vez finalizadas las actuaciones, el director general de Urbanismo del Ayuntamiento de Granada, con fecha 29 de enero de 2013, suscribió escrito en el que ponía de manifiesto la "ilegalidad de las actuaciones".
Ante ello, se presentaron diversos informes en los que se pretendía "argumentar la legalidad de las actuaciones" a través de una interpretación de una norma, favorable a flexibilizar la introducción de usos ajenos a los espacios libres en dichas parcelas.
Según la Fiscalía, ciertamente, la redacción de ese artículo "no resulta muy afortunada", pero las interpretaciones efectuadas "resultan contrarias a la preponderancia de los espacios libres frente a los restantes equipamientos que propone la LOUA, la jurisprudencia así como la doctrina del Consejo Consultivo; interpretación que implicaría asimismo posibilitar directamente la alteración del uso de parques, jardines o espacios libres sin tramitar la oportuna modificación del planeamiento no requerir el preceptivo dictamen del Consejo Consultivo".
"Privatización del espacio público"
Según el fiscal, la actuación mediante plataformas en un terreno de gran pendiente "ha devenido en que las únicas zonas accesibles e idóneas para el paseo o la estancia se hayan ocupado con las distintas construcciones" que además, a través de vallados, "han procedido a una privatización del espacio público".
"Ello se agrava con la banda perimetral al centro comercial, ya que de no existir ésta, las pendientes habrían sido más suaves y más accesible el conjunto del parque. Peor aun cuando se comprueba que esa banda no se destina al uso peatonal autorizado sino al tráfico rodado y aparcamiento", indica en su denuncia.
En definitiva, a través de interpretaciones contrarias a la defensa de los espacios públicos se ha autorizado, "a través de un procedimiento no ajustado a derecho, una extensión del centro comercial adyacente a través de la implantación de usos lucrativos (algunos incompatibles con el planeamiento) que exceden incluso de la ocupación máxima permitida".
En el presente caso, el proyecto de urbanización aprobado por la Comisión Ejecutiva de 20 de diciembre de 2011 y 20 de marzo de 2012 fue sometido "exclusivamente" a informe del Arquitecto municipal, siendo así que modificó las características de la instalación "sin tomar a consideración los aspectos jurídicos administrativos de la modificación contractual y la concurrencia de los requisitos exigibles legalmente y en el propio Pliego de Condiciones".
Según el fiscal, la documentación presentada que contenía las modificaciones operadas debió ser remitida a la Subdirección de Gestión a la vista de que afectaban a la concesión del parque de atracciones infantil y, en tal caso, "se podría haber sometido al procedimiento de modificación contractual establecido legalmente con carácter obligatorio" y con ello "proceder a comprobar si estaba justificada por razón de interés público y si dichas modificaciones eran consecuencia de necesidades nuevas o causas imprevistas".
Así, el acuerdo municipal de aprobación del proyecto de urbanización "no es el instrumento idóneo para llevar a cabo la modificación contractual", y, por tanto "resulta imprescindible la retroacción de las actuaciones en la parte que afecta al parque de atracciones infantil".
Todo lo anterior "se hubiera evitado de haberse efectuado el preceptivo control por las Unidades o Servicios responsables del expediente de la concesión administrativa e incluso por las Unidades o Servicios responsables de la tramitación administrativa y control de la legalidad de los proyectos de urbanización", concluye el fiscal.
Finalmente, el Ministerio Público solicita que se tome declaración a los denunciados en concepto de imputados, que se recabe también el testimonio de los responsables de la elaboración de un informe pericial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y que se designe perito experto en urbanismo para que informe sobre el perjuicio económico ocasionado a los intereses municipales y el beneficio patrimonial obtenido por el promotor, además de documentación urbanística relacionada con el caso.