viernes 19 abril
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Jueces para la Democracia califican de "proporcionada" la actuación de los tribunales en el caso Juana Rivas

A su juicio han conducido el caso "con exquisito respeto a nuestro ordenamiento interno y los convenios internacionales que nos obligan"

La asociación judicial Jueces para la Democracia ha destacado este jueves que los tribunales españoles están llevando a cabo una "actuación diligente y proporcionada" en el caso de Juana Rivas, la madre de Maracena que está en libertad provisional como investigada por supuesta sustracción de menores, tras no cumplir la orden de entregar sus hijos al padre, condenado en 2009 por lesiones en el ámbito doméstico.

Según ha indicado Jueces para la Democracia en un comunicado, los jueces han conducido el caso "con exquisito respeto a nuestro ordenamiento interno y los convenios internacionales que nos obligan".

Por todo ello, la asociación judicial ha pedido "mesura y ponderación, especialmente en los responsables públicos, al expresar opiniones o ideas" en torno a este caso cuyas resoluciones, sea como sea, también están sujetas a la "crítica" en el marco de "la libertad de expresión y opinión que garantiza nuestra Constitución".

Asimismo, ha subrayado que echa en falta "un pronunciamiento expreso" en defensa de la actuaciones de los tribunales por parte del Consejo General del Poder Judicial, "cuya existencia se justifica esencialmente en la defensa de la independencia de los jueces".

Jueces para la Democracia ha hecho hincapié en el "goteo incesante" de noticias relacionadas con el caso de Juana Rivas quien, ha recordado, contraviene el régimen de guarda y custodia de sus hijos, de once y tres años, cuando "decide regresar" en mayo de 2016 a España con ellos e "intenta accionar" ante las autoridades judiciales de este país un cambio del mencionado régimen de guarda y custodia, establecido conforme al ordenamiento italiano.

Lo hace con fundamento en hechos "que califica de malos tratos", ocurridos también en Italia, ha recordado Jueces para la Democracia, que ha citado el auto de la Audiencia Provincial de Granada, de fecha 9 de agosto de 2017, que explica cómo el procedimiento central del caso es iniciado a instancia del Abogado del Estado, quien actúa porque la autoridad central italiana reclama que se reintegren los hijos al padre, en virtud del Convenio de La Haya para casos de supuesta sustracción de menores.

En este procedimiento se oye al menor de once años, se da audiencia a la madre y se solicita y emite informe psicológico de los servicios correspondientes de los Juzgados de Granada, cuyo autor examina a ambos menores, y emite dictamen en el que "no aprecia que exista riesgo para los menores", ha agregado la asociación, que ha subrayado que "respecto de hechos de relevancia penal ocurridos en Italia en los últimos años, no parece que pueda asumir competencia alguna la jurisdicción española", como han señalado los jueces.

Las valoraciones que su actuación ha conllevado en la opinión pública "merece una seria reflexión, en la que sería conveniente valorar si el Convenio de la Haya debe actualizarse y contemplar alguna excepción a la reintegración de los menores sustraídos en supuestos de malos tratos (u otros) cuando la víctima, una vez reconocida como tal, no tenga arraigo o protección en un entorno cercano".

Pero no tienen cabida, al parecer de la asociación judicial, "las descalificaciones efectuadas a los tribunales españoles que están interviniendo en este caso" y "las evidentes presiones desde el ámbito político pidiendo la inejecución de las resoluciones judiciales".

En este sentido, los órganos judiciales no pueden decidir no ejecutar lo juzgado porque "precisamente están obligados por la Constitución a ello", y no se debe minimizar "el incumplimiento de las resoluciones judiciales".

Las decisiones de los tribunales no obedecen a "un decisionismo arbitrario, a la despreocupación por los menores, y a la ignorancia de las normas nacionales o internacionales aplicables", ha agregado Jueces para la Democracia, quien ha recordado que el de los menores es un interés superior del ordenamiento jurídico, "pero no el único", pues "son valores superiores de nuestro ordenamiento el derecho a la tutela judicial efectiva de todas las personas, el cumplimiento de las leyes y de las resoluciones judiciales, que son firme sustento de nuestro Estado de Derecho".

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