martes 10 diciembre
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La 'lista blanca' de coches que pueden acceder a la Zona de Bajas Emisiones en Granada

Las multas que lleguen desde el 1 de abril por acudir al hospital o a una urgencia deberán ser recurridas mediante un pliego de descargo

Los accesos a Granada capital estarán controlados por cámara. Foto: Blanca Rodríguez

El Ayuntamiento de Granada se encuentra en proceso de elaboración de la ordenanza por la que se regirá la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) y en cuya normativa se incluirá una 'lista blanca' de vehículos que podrán acceder a los puntos controlados.

En caso de urgencias, un pliego de descargo cuando llegue la multa
En la lista blanca del Ayuntamiento de Granada no se incluyen los servicios que se puedan producir por urgencia hacia la zona hospitalaria sobre todo de la zona del Virgen de las Nieves, dado que el Hospital Clínico de Granada está exento de la Zona de Bajas Emisiones.
Según ha dado a conocer la concejal de Movilidad, Ana Agudo, en caso de que algún ciudadano por alguna urgencia necesite acudir a un hospital por urgencia y se le notifique una multa con posterioridad, deberá proceder a su alegación mediante un pliego de descargo. Al tratarse de una urgencia, ha recordado Agudo, no se puede conocer previamente la necesidad de dar autorización para entrar en la ZBE.

Esta lista incluye vehículos de servicios públicos, emergencias o trabajos a realizar dentro de la ciudad, quienes están exentos de las restricciones para el resto, que impiden el acceso a la ZBE a vehículos sin etiqueta ambiental y cuya matriculación sea antes de 2001 en el caso de coches gasolina y antes de 2006 en los diésel.

Durante los próximos meses esta lista blanca seguirá creciendo a través de la inclusión de nuevos vehículos identificados en las categorías. En el caso de estar en alguna de las excepciones consideradas, los ciudadanos pueden dirigir una instancia al área de Movilidad del Ayuntamiento para regularizar o comunicar su situación.

Para no precisar autorización municipal, todos estos vehículos deberán estar claramente identificados.

Del mismo modo, el Ayuntamiento podrá conceder autorizaciones puntuales para vehículos de grupos especiales vinculados a la ejecución de obras dentro de la ZBE.

Vehículos que no requerirán de autorización previa para entrar en la Zona de Bajas Emisiones de Granada

-Vehículo de personas físicas y jurídicas cuyo vehículo disponga de domicilio fiscal en el término municipal de Granada.

-Vehículos que dispongan de tarjeta autorizada de carga y descarga en el Ayuntamiento de Granada.

-Transporte en autobús (autobús/microbus) de carácter regular.

-Transporte en autobús (autobús/microbus) de carácter discrecional que disponga de autorización para acceder a la zona de acceso restringido en el momento de implantación de la ZBE.

-Servicios de transporte adaptado que disponga de autorización para acceder a la zona de acceso restringido en el momento de implantación de la ZBE.

-Los vehículos asociados a una tarjeta Plaza de Movilidad Reducida que dispongan de autorización para acceder a la zona de acceso restringido en el momento de implantación de la ZBE.

-Vehículos de servicios públicos esenciales, vehículos de fuerzas y cuerpos de seguridad del estado, policía local, vehículos de extinción de incendios, protección civil, grúa municipal, salvamento, ambulancias y otros servicios de emergencias. Identificados claramente.

-Vehículos destinados a servicios públicos básicos municipales: vehículos de transporte público, vehículos discrecionales (autobuses/microbuses), vehículos que prestan servicios como limpieza, abastecimiento de agua potable y saneamiento, retirada de residuos, mantenimiento, conservación de la vía pública, zonas verdes, instalaciones y montajes de actividades lúdicas y culturales promovidas por el Ayuntamiento, alumbrado ornamental, patrimonio municipal y otros. Identificados claramente.

-Vehículos de auxilio en carretera según Real Decreto 159/2021

-Vehículos de servicio público de viajeros taxi con licencia en Granada y/o Área de Prestación Conjunta del Taxi.

-VTC que disponga de autorización para acceder a la zona de acceso restringido en el momento de implantación de la ZBE.

Vehículos que necesitan de autorización previa para entrar en la Zona de Bajas Emisiones de Granada

-Los vehículos destinados a distribución de mercancías y que no dispongan de tarjeta emitida por el Ayuntamiento.

-Transporte en autobús (autobús/microbus) de carácter discrecional que no disponga de autorización para acceder a la zona de acceso restringido/carriles bus.

-Servicios de transporte adaptado que no disponga de autorización para acceder a la zona de acceso restringido.

-Vehículos de servicio público de viajeros taxi sin licencia en Granada y/o APC.

-VTC que no disponga de autorización para acceder a la zona de acceso restringido.

-Vehículos de servicios públicos esenciales, vehículos de fuerzas y cuerpos de seguridad del estado, policía local, vehículos de extinción de incendios, protección civil, grúa municipal, salvamento, ambulancias y otros servicios de emergencias. No identificados claramente.

-Vehículos destinados a servicios públicos básicos municipales: vehículos de transporte público, vehículos discrecionales (autobuses/microbuses), vehículos que prestan servicios como limpieza, abastecimiento de agua potable y saneamiento, retirada de residuos, mantenimiento, conservación de la vía pública, zonas verdes, instalaciones y montajes de actividades lúdicas y culturales promovidas por el Ayuntamiento, alumbrado ornamental, patrimonio municipal y otros. No identificados claramente

-Los vehículos asociados a una tarjeta PMR que no dispongan de autorización para acceder a la zona de acceso restringido en el momento de implantación de la ZBE.

-Vehículos destinados a servicios funerarios.

-Vehículos de asistencia a personas con grado de dependencia reconocida acreditada.

-Vehículos de mudanzas con limitación de flota

Vehículos que necesitarán una autorización puntual para entrar en la Zona de Bajas Emisiones de Granada

-Vehículos de grupos especiales vinculados a la ejecución de obras dentro de la ZBE.

-Traslado de personas por razones de urgencia, alta hospitalaria o acudan a tratamiento de larga duración con justificación medica.

-Vehículos históricos sin domicilio fiscal en la ciudad de Granada, con motivación justificada por participación en eventos o actos singulares.

-Vehículos que soliciten con antelación acceder a talleres de reparaciones con motivación posterior mediante presentación de factura oficial.

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Comentarios (4)

  1. josemi dice:

    Nos deberían aclarar, si podemos entrar a la estación de autobuses o de Renfe a recoger a nuestros familiares.

  2. Josemi dice:

    ¿Es obligatorio llevar la pegatina, aunque el vehículo sea "eco"?
    Ya que por la matrícula se sabe el tipo de coche que es.

  3. Perro sanchez dice:

    De verguenza el ayuntamiento y la paquita.

  4. Joaquin dice:

    A excepción de los Ayuntamientos de Cataluña y País Vasco, el Ayuntamiento de Granada es el único de Andalucía que restringe el acceso a los Vehículos Históricos, a pesar de que estos Vehículos están considerados PATRIMONIO CULTURAL.
    No es normal.
    De vergüenza.

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