martes 16 abril
CORONAVIRUS  |   | Redacción aG

Qué comercios y actividades pueden abrir en Granada después de las 20.00 horas

Desde este domingo entra en vigor la nueva medida dirigida a la actividad no esencial en toda la provincia

Desde este domingo, todos los comercios y actividades consideradas como no esenciales en la provincia de Granada están obligadas a cerrar a las 20.00 horas, al superarse el baremo de la tasa que sitúa a todos los distritos sanitarios en el nivel de alerta 4.

Estas son las excepciones a esta medida y las actividades que por tanto pueden abrir más allá de esa franja horaria.

  • Actividad industrial.
  • Establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad.
  • Centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  • Ópticas y productos ortopédicos.
  • Los servicios profesionales y empleados del hogar.
  • Servicios sociales y sociosanitarios.
  • Farmacias.
  • Centros o clínicas veterinarias.
  • Los establecimientos comerciales dedicados a la venta de combustible para la automoción.
  • Las estaciones de inspección técnica de vehículos.
  • Los servicios de entrega a domicilio.
  • Los comedores sociales y demás establecimientos para la entrega y reparto de alimentos con carácter solidario o benéfico.
  • Los velatorios.
  • Los centros deportivos para la realización de actividad física que sean al aire libre, siempre que no se trate de deportes de contacto.
  • Espacios deportivos cubiertos para la práctica de deporte federado en edades de los 16 años a categoría absoluta.
  • Puntos de encuentro familiar.
  • Centros de Atención Infantil Temprana y Centros de tratamiento ambulatorio.
  • Establecimientos de régimen horario especial:
    • Áreas de servicio en carreteras.
    • Establecimientos ubicados en aeropuertos y estaciones para usuarios.
    • Establecimientos ubicados en hospitales, tanatorios y centros sanitarios.
    • Establecimientos ubicados en lonjas, mercados y similares para servicio a trabajadores.
  • Actividad docente no universitaria, comedores escolares, aula matinal y transporte escolar.
  • Actividades universitarias.
  • Conservatorios, escuelas de idiomas, academias, centros de educación permanente de adultos y similares.
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