martes 9 junio
TRIBUNALES  |   | Luis F. Ruiz - Noelia S. Lorca

Elegidos 991 vecinos de los pueblos del Área Metropolitana de Granada para ser jurado popular hasta 2026

En cada proceso judicial serán seleccionadas 36 personas para entrevistas previas y se elegirán a los once integrantes de la vista oral, nueve titulares y dos suplentes

El jurado popular es una de las fórmulas que se utiliza durante los juicios en la Audiencia Provincial de Granada. Foto: Álex Cámara (archivo)

PDF | Listado oficial de las 2.000 personas seleccionadas como candidatos a jurados populares en todos los pueblos y ciudades de Granada

La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral de Granada ha celebrado recientemente el sorteo para la formación de la lista bienal de candidatos a jurados populares en la Audiencia Provincial de Granada, seleccionando a 2.000 vecinos de la provincia de los que 991 pertenecen a los 32 pueblos del Área Metropolitana.

Estos forman parte del listado que se aplicará en la composición de los jurados en los procesos judiciales que se celebren entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2026.

Los datos pueden consultarse en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), en el que consta el municipio de la persona seleccionada, su nombre y apellidos y cuatro de las ocho cifras de su DNI.

Según este documento, consultado por ahoraGranada, los municipios más poblados son los que tienen más vecinos seleccionados para formar parte del jurado popular, siendo la capital el que más tiene con hasta 500 personas elegidas en el sorteo, lo que supone una cuarta parte del total de la provincia.

En cuanto al Área Metropolitana, los 991 ciudadanos elegidos suponen casi la mitad del total de la provincia, siendo Armilla, con 53; Las Gabias (49), Maracena (48), La Zubia (44), Atarfe y Albolote (42) los que cuentan con más vecinos seleccionados.

Le siguen poblaciones como Churriana de la Vega (35), Santa Fe (34) y Ogíjares (33). Por debajo de la treintena se sitúan municipios como Huétor Vega (28), Vegas del Genil y Peligros (25), Pinos Puente (22) y Alhendín (21).

En Cenes de la Vega han sido elegidas 18 personas, mientras que en Monachil se han seleccionado a 19, en Cúllar Vega a 18, en Otura a 16, en Gójar a 14 y en Alfacar, Cájar y Chauchina a 13. En Pulianas se han elegido a una docena y en Fuente Vaqueros a 11.

Por debajo de la decena se encuentran las localidades menos pobladas con Cijuela, Láchar y Jun con ocho, Güevéjar con seis, Dílar con cinco, Valderrubio con cuatro, Pinos Genil con tres y Víznar, el último, en el que solo se han seleccionado a dos personas.

En las poblaciones cabeceras de comarca o más pobladas, Motril es la segunda de la provincia por detrás de la capital con 122 vecinos elegidos, seguida de Almuñécar (54), Loja (45), Baza (43), Guadix (40), Huéscar (16) y Órgiva (10).

36 seleccionados en cada proceso judicial

Entre todos estos vecinos se designarán los integrantes para los jurados populares de cada proceso judicial que se integra de once personas -nueve titulares y dos suplentes-. Si bien, en cada causa se eligen un total de 36 personas, que son entrevistadas previamente al inicio del proceso y ser designados definitivamente.

La Ley Orgánica del Tribunal del Jurado especifica que entre los requisitos para serlo se encuentran ser español mayor de edad, estar en pleno ejercicio de derechos políticos, saber leer y escribir, ser vecino de cualquiera de los municipios de la provincia en los que se hubiera cometido el delito y no estar impedido física, psíquica o sensorialmente.

Respecto a las causas de prohibición para no formar parte se incluyen ser acusador particular o privado, actor civil, acusado o tercero responsable civil, intervenir en la causa como testigo, perito, fiador o intérprete o tener interés directo o indirecto.

Además, existen causas de excusa para no participar como jurado popular, tales como ser mayor de 65 años, haber desempeñado funciones de jurado en los últimos 4 años, sufrir grave trastorno por razón de cargas familiares o desempeñar trabajo de relevante interés general, cuya sustitución originaría importantes perjuicios al mismo.

También se puede alegar tener residencia en el extranjero o están excusados militares profesionales en activo cuando concurran razones de servicio o quienes acrediten y aleguen suficientemente cualquier otra causa que les dificulte de forma grave el desempeño de la función de jurado.

Entre las causas judiciales que se someten al veredicto de un jurado popular se encuentran las causas vinculadas a amenazas, homicidio, omisión del deber de socorro, allanamiento de morada, incendios forestales, infidelidad en la custodia de documentos, cohecho, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, fraudes y exacciones ilegales, negociaciones prohibidas a funcionarios e infidelidad en la custodia de los presos.

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