viernes 9 octubre
Monachil  |   |

Una ordenanza regulará construcciones y rehabilitaciones en las 25 calles del casco histórico de Monachil

En ella se indican cómo deben ser las fachadas, las tejas o los zócalos, se suprime el cableado aéreo y se da tres años a los propietarios de edificios en ruinas para sumir su reforma

La intención municipal es preservar el casco histórico de la localidad respecto a los edificios. Foto: Á.C.

El Ayuntamiento de Monachil ha dado luz verde a una ordenanza que regulará las nuevas construcciones y rehabilitaciones que se produzcan en las 25 calles de su casco histórico, con la intención de preservar este espacio del municipio y la "singularidad" que lo caracteriza, protegiendo su entorno y marcar las líneas necesarias de cara al futuro.

La ordenanza va dirigida los nuevos edificios que se construyan en el casco histórico o que vayan a ser rehabilitados por lo que no tiene carácter retroactivo desde su entrada en vigor, si bien el Consistorio aconseja la adaptación a la normativa de aquellos inmuebles que no lo estén.

En el casco antiguo de Monachil se incluye la Plaza Miraflores, Plaza Baja, Plaza Alta y las calles Emilio Aragón, Albaricoque, Cascajares, San Miguel, Cuevas, Carlos Carreras, San Antón, Barranco, Iglesia, Cervantes, Tienda, Don Luis, Pósito, Tras Torre, Puente, Huenes, Paseo del Río, Madre Trinidad Carreras Hitos, Real, Santa, Tejares y Naranjos.

La ordenanza recoge todo tipo de circunstancias y modelos a seguir ante los diseños de los edificios y contempla que hay tres tipos de obras que deben adaptarse a la normativa municipal aprobada ahora.

De este modo, las obras de mantenimiento deberán adaptarse a la organización espacial, estructura y composición del edificio existente, de modo que los elementos arquitectónicos y los materiales empleados deberán adecuarse a los que presenta el edificio o los que presentaba antes de la intervención de adición y/o reforma de menor interés.

Las obras de restauración respetarán las características básicas del edificio y velarán por la conservación de los elementos de decoración procedentes de etapas anteriores de interés, mientras que las obras de reforma que afecten a fachadas deberán respetar la composición de estas y sus materiales de acabado. Para el caso de obras de remonte o ampliación de fachadas los nuevos cuerpos deberán integrarse con la fachada originaria, aunque deberán quedar claramente explicitas las características del edificio original.

Tipología de espacios y elementos

La norma indica sobre todo cómo deben ser los espacios y elementos externos que forman parte de un edificio, como es el hecho de las fachadas, de las que se especifica que su calidad, textura y acabado de los revestimientos ha de hacerse en función de los criterios de composición y estéticos del entorno donde se ubique. Además, deben estar pintadas en blanco, con elementos decorativos en los que prime la austeridad, aunque las molduras podrán tener una tonalidad distinta con autoridad municipal.

La carpintería metálica o de madera se terminará en colores madera, marrón, blanco, gris o negro y los elementos de forja como rejas o barandillas presentarán acabados en negro o gris.

Se prohíben las balaustradas de hormigón como elementos decorativos, recomendándose utilizar barbetas de obra con rejas de forja en hierro, mientras que las tapas de los contadores y electricidad deben integrarse en la fachada sin sobresalir.

En todas las edificaciones en esquina será necesaria la colocación de rótulos que indiquen los nombres de las calles, atendiendo al modelo típico de cerámica blanca con pintura azul.

En el caso de soluciones de cubiertas inclinadas, al menos el 75% de la superficie total de la cubierta, se utilizará teja árabe roja en su acabado siendo la pendiente máxima admisible del cuarenta por ciento y se prohíbe el acabado con piezas de fibrocemento o similar, así como las láminas asfálticas vistas con acabado metalizado y cualquier tipo de chapa.

La recogida de aguas deberá solucionarse mediante la disposición de canalones y bajantes que eviten el vertido directo de pluviales desde la cubierta al viario o espacio público.

Placas solares y toldos

La ordenanza de Monachil también recoge cómo se procede con la utilización de placas solares, que deberá hacerse de forma que evite el impacto visual y quedando integradas en la construcción, sin salir del volumen de obra y contando con la aprobación municipal.

Se instalará un mástil para la colocación de las antenas de televisión (por vivienda o bloque), por lo que serán instalaciones comunitarias, prohibiéndose la colocación de éstos sobre balcones o fachadas, debiendo de quedar perfectamente integrados sin causar impacto visual en el entorno.

Sobre los toldos, la ordenanza precisa que han de ser de tonalidades entre marrón y beige, con un diseño uniforme si dan a la vía pública. Además, se pueden utilizar aleros, cornisas, anuncios, toldos y marquesinas "debiendo en todo caso respetar" el mobiliario urbano y arbolado existente.

La normativa recoge también qué sucederá con el arbolado existente en las calles y espacios públicos, que debe ser "protegido y conservado", si bien en caso de que tengan que ser eliminado deberá hacerse una replantación o sustitución por nuevos ejemplares, con especies de forma preferente autóctonas de la zona y residentes a las épocas de sequías como almendros, nogales u olivos.

Se prohíben expresamente las pintadas sobre muros y tapias, así como la colocación de publicidad estática de cartelería, siendo responsable el autor de las pintadas, la empresa o responsable de los eventos que se anuncien.

Declaración en ruina

Los edificios que hayan sido declarados en ruina por el Ayuntamiento tendrán tres años para ser rehabilitados, de lo contrario se ordenará de oficio o a instancia de parte la ejecución, con cargo a los propietarios, de las obras necesarias para conservar las condiciones.

Uno de los aspectos más importantes es que la normativa obliga a las suministradoras de las redes a adaptarse en la medida de lo posible a la nueva norma, al tiempo que se prohíbe la instalación de cables aéreos que crucen fachadas o calles, dado que las nuevas conducciones deben hacerse bajo tierra.

El alcalde de Monachil, José Morales, ha indicado mediante una nota que con esta ordenanza se pretende garantizar que el desarrollo futuro del municipio sea "compatible" con la conservación de aquellos valores arquitectónicos y paisajísticos que les diferencia y que constituyen "uno de los principales atractivos turísticos". Cabe recordar que Monachil es Municipio Turístico de Andalucía.

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