martes 30 abril
TRIBUNALES  |   | E.P.

Absuelto el alcalde de Lanjarón de prevaricación administrativa en la tramitación de multas

En la causa había sido también acusado el que era concejal de Seguridad, Juan Manuel Jiménez, para el que también se decreta la absolución

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada ha absuelto al alcalde de Lanjarón, Eric Escobedo (PP), en la causa en la que el Juzgado 2 de Órgiva había abierto juicio oral por presuntos delitos de prevaricación administrativa, tráfico de influencias y malversación de caudales públicos en la tramitación de multas de tráfico, una causa en la que había sido también acusado el que era concejal de Seguridad, Juan Manuel Jiménez, para el que también se decreta la absolución.

Según consta en la sentencia, la Audiencia decreta la absolución por prevaricación administrativa después de que las representaciones procesales de la acusación particular y los acusados presentaran "escrito conjunto" en el que solicitaban que se tuviera por renunciado el "ejercicio de la acción penal".

Se pedía así "el sobreseimiento libre y archivo del procedimiento, interesando que la resolución" que se dictara no realizara "imposición de las costas procesales". Anteriormente, la Fiscalía presentó escrito de conclusiones provisionales absolutorias, considerando que los hechos denunciados no eran "constitutivos de infracción penal".

Los hechos consistían en concreto en que los acusados, en su condición de alcalde y concejal entonces de Seguridad de Lanjarón, supuestamente habían recibido "durante los años 2016 y 2017 notificaciones de incoación de expedientes sancionadores en materia de tráfico por parte de la Policía Local de dicho municipio, que, por vicisitudes ajenas a los investigados, que desconocían el procedimiento para la tramitación, resolución y notificación de aquéllos, no se devolvieron a la Jefatura de Policía Local".

De fecha 25 de mazo, contra la sentencia cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Cabe recordar que, el pasado junio, ante la decisión del Juzgado número 2 de Órgiva de abrir juicio oral, el alcalde alegó que la Fiscalía había solicitado dos veces archivar la causa al no apreciar delito y encuadró el asunto en una "venganza personal" del exjefe de la Policía Local y denunciante del caso.

En un comunicado, el alcalde avisó de que en esta causa judicial, derivada de una denuncia del que fuera jefe de la Policía Local del municipio, que le acusaba de omitir, presuntamente de manera intencionada, la tramitación de expedientes sancionadores por denuncias de tráfico provocando con ello que "caducaran", la Fiscalía "descartó la existencia de cualquier delito y ha solicitado hasta en dos ocasiones el sobreseimiento" del caso, en el que persistió como acusación popular el funcionario denunciante.

Ahora, la sentencia absolutoria se dicta "al no existir acusación dirigida contra los acusados, con declaración de oficio de las costas procesales", a tenor de lo dispuesto en la ley, dejando "sin efecto cuantas medidas cautelares, personales o reales contra los acusados pudieren estar en vigor por esta causa".

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