La Junta respeta, "pero no comparte", la sentencia del TSJA sobre el Nevada
La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha avalado la licencia de obras que concedió en 2005 el Ayuntamiento de Armilla
La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta ha expresado que respeta la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que avala la licencia de obras que concedió en 2005 el Ayuntamiento de Armilla (Granada) a la empresa Galerías Comerciales S.A. para la construcción del Centro Comercial Nevada, si bien "no la comparte".
Así se ha manifestado la consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, María Jesús Serrano, en declaraciones a los medios antes de inaugurar el XXI Congreso Nacional de Astronomía en Granada, según ha informado la Junta. Serrano ha afirmado que la sentencia está siendo ya analizada por los servicios jurídicos de la Consejería.
"Respetamos todos los pronunciamientos y fallos judiciales", aunque, en este caso, "no la comportamos". Así, la Junta está analizando y estudiando y cuando concluya este paso "se anunciará las medidas que se tomen al efecto", ha asegurado Serrano ante la posibilidad de presentar un recurso contra la sentencia del Alto tribunal andaluz.
En este sentido, ha apuntado que, además, la Consejería "está esperando que el Tribunal Supremo se pronuncie sobre el recurso de casación interpuesto por la Junta contra la aprobación del Plan Parcial" del Centro Comercial.
Condena a costas
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha avalado la licencia de obras que concedió en 2005 el Ayuntamiento de Armilla (Granada) a la empresa Galerías Comerciales S.A. para la construcción del Centro Comercial Nevada, lo que podría propiciar la reactivación de las obras en el edificio y su futurible apertura, tras ocho años de proceso judicial.
En su resolución, el Alto Tribunal andaluz desestima así el recurso planteado en 2006 por la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, a la que condena a costas, y estima las pretensiones tanto del municipio como del promotor.
Revoca la sentencia que en abril de 2009 dictó el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Granada, que decidió no anular la licencia pero que obligó al Ayuntamiento de Armilla a revisar de oficio esa concesión, y contra la que todas las partes personadas, desde la Junta al promotor y pasando por el Ayuntamiento, recurrieron.