sábado 27 abril
La Zubia  |   |

La Zubia reduce de tres a dos sus cargos de confianza tras una interpretación errónea de la ley

El Ayuntamiento ha rectificado la situación dado que, al no superar los 20.000 habitantes, el municipio no podía superar un par de puestos como personal eventual

Fachada del Ayuntamiento de La Zubia. Foto: Álex Cámara

La Zubia se ha visto obligada a reducir el número de cargos de confianza tras el requerimiento que la Subdelegación de Gobierno hacía al Ayuntamiento y que le obligaba a no exceder los dos al ser un municipio con menos de 20.000 habitantes.

Así, en el pleno extraordinario celebrado este martes, esa reducción quedaba aprobada por mayoría, pero sin el apoyo del grupo municipal del PSOE que votaba en contra porque "se hizo mal en su día".

Según ha informado a ahoraGranada la alcaldesa zubiense, Inmaculada Hernández, "por ley tenemos derecho a dos cargos de confianza y nosotros habíamos partido cuatro horas para una persona y otras cuatro horas para otra. Pero no se subía el sueldo y no suponía un sobrecoste para el Ayuntamiento porque una cobraba 25.000 euros y las otras dos, 12.500 cada una. Se daba oportunidad a dos personas de trabajar por el mismo sueldo".

El Consistorio ha rectificado, de esta manera, la interpretación errónea de la norma, pese a tener informes jurídicos "favorables", y ha actualizado su personal eventual. "Nos sumamos al criterio de Subdelegación y no hacemos más interpretaciones, hemos rectificado", ha subrayado la primera edil de la localidad metropolitana.

Por su parte, desde Subdelegación entienden que "no caben interpretaciones", ya que la Ley "es clara". La primera notificación fue recibida por el Ayuntamiento de La Zubia el pasado 26 de agosto y la segunda el 20 de septiembre, cuando la secretaria certificó que el pueblo tenía unos 19.000 habitantes.

El artículo 104 bis de la Ley 7/1985 sobre Personal eventual de las Entidades Locales recoge que los ayuntamientos de municipios con población superior a 10.000 y no superior a 20.000 habitantes podrán incluir en sus plantillas puestos de trabajo de personal eventual por un número que no podrá exceder de dos.

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