sábado 27 abril
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Las defensas de los condenados por el crimen de Arenas del Rey llevarán el caso al Supremo

El jurado popular declaró a los tres procesados culpables de un delito de asesinato consumado y de otro en grado de tentativa

Las defensas de los tres condenados a penas de entre 27 años y nueve meses y 23 años y tres meses tras encontrarlos un jurado popular el pasado febrero culpables de matar de un disparo a un joven que entró, junto a otras tres personas más, en un cortijo situado en el término municipal de la localidad granadina de Arenas del Rey, van a plantear recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

En el plazo dado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, las partes han articulado el anuncio de preparación del recurso de casación ante el Supremo, después de que el TSJA ratificara las penas impuestas en febrero por la Audiencia Provincial de Granada a estas tres personas, y aumentara las indemnizaciones que han de pagar a los familiares de la víctima mortal.

Así constaba en la sentencia del TSJA, después de que el jurado popular declarara a los tres procesados culpables de un delito de asesinato consumado y de otro en grado de tentativa, dado que fue disparado otro hombre que no murió, señalando en su veredicto que los tres habían actuado "de forma coordinada y conforme a un plan previamente establecido".

La sentencia dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Granada, apuntó que los dos condenados varones, el dueño y el guarda de la finca, lo son, como autores de un delito de asesinato, a la pena de 17 años y seis meses de prisión, y de la tentativa, a otros nueve años. A la mujer, esposa del primero, se le imponen 15 años y tres meses por el primer ilícito, "estimando su menor contribución causal a la muerte" y a ocho años por el segundo.

A ellos, también culpables de tenencia ilícita de armas, el juez los condena a ambos por este ilícito a una peña de un año y tres meses de prisión a cada uno. "En la perpetración de ninguno de los delitos mencionados en los fundamentos anteriores concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, aparte de la alevosía propia del delito de asesinato", especificó la sentencia.

Fue en la madrugada del 11 de octubre de 2019, cuando cuatro hombres acudieron a bordo de una furgoneta a las inmediaciones del cortijo 'Los sevillanos', en un paraje próximo a la orilla del pantano de Los Bermejales, adonde se acercaron con el fin de hacerse con "la marihuana allí existente, desprovistos de armas de fuego", según el relato del ministerio público en sus conclusiones definitivas, al que se unían las acusaciones particulares en nombre de los padres y de la novia del fallecido y del herido.

Alertado por esos ruidos, el guarda "contactó telefónicamente" con el propietario "advirtiéndole de la presencia de intrusos en el cortijo". Él y su esposa "se desplazaron rápidamente hasta el cortijo-finca" en un todoterreno conducido por ella con "la intención de llevar a cabo el plan previamente acordado por los tres".

"El concierto previo lo declara acreditado el jurado y el magistrado presidente de forma razonable, lógica y coherente, alejándose pues de consideraciones absurdas o incoherentes, y reforzado por los aspectos probatorios", advertía la sentencia del TSJA, de fecha 24 de octubre.

Cuando persiguieron a la víctima mortal, que huyó "despavorido" al ver que los recibían con rifles los dos condenados varones, éstos proferían voces tales como "hay que matarlos a todos", indicándose, agregó la sentencia condenatoria, "a gritos los lugares por los que tenían que continuar la búsqueda, localizándolo finalmente y disparándole con el rifle estando situados a su espalda".

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