lunes 29 abril
CORONAVIRUS  |   | Redacción aG

Qué comercios pueden abrir en los pueblos de Granada pese al cierre de la actividad no esencial

Esta medida se aplica en los municipios que superan los 1.000 casos por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días

La Junta de Andalucía tiene decretado el cierre de toda la actividad no esencial en aquellos pueblos de Granada en los que se superan los 1.000 contagios por cada 100.000 habitantes y por tanto entran en el Grado 4 Nivel 2 de alerta sanitaria, aunque hay excepciones que se recogen en el BOJA.

  • Establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad.
  • Centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  • Servicios sociales y sociosanitarios.
  • Farmacias.
  • Parafarmacia.
  • Centros o clínicas veterinarias.
  • Mercados de abastos.
  • Ópticas y productos ortopédicos.
  • Productos higiénicos.
  • Servicios profesionales y financieros.
  • Prensa, librería y papelería.
  • Floristería.
  • Venta de combustible.
  • Talleres mecánicos.
  • Servicios de reparación y material de construcción.
  • Ferreterías.
  • Estaciones de inspección técnica de vehículos.
  • Estancos.
  • Equipos tecnológicos y de telecomunicaciones.
  • Alimentos para animales de compañía.
  • Servicios de entrega a domicilio.
  • Tintorerías.
  • Lavanderías.
  • Peluquerías.
  • Empleados del hogar.
  • Mercadillos.
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