viernes 26 abril
Coronavirus  |   | Luis F. Ruiz - Noelia S. Lorca

Todos los pueblos de Granada están en el nivel 1 de alerta por primera vez desde el final del estado de alarma

La provincia es la única de Andalucía que al completo se sitúa en este índice y no tiene distinción entre sus localidades en cuanto a medidas

Situación de todos los municipios de Granada, en el nivel más bajo de restricciones.

Todos los pueblos de Granada disfrutarán esta semana, la que va desde este 9 de septiembre al día 15, del nivel más bajo de alerta sanitaria (1). Esta situación es novedosa, pues es la primera vez que desde que acabó el estado de alarma en mayo que no hay distinciones entre las localidades granadinas en este sentido.

Entre las principales novedades que se aplican en las localidades en el nivel 1, que antes estaban en el 2, se encuentra el hecho de que el aforo de las celebraciones pasa a las 250 personas y las ocho por mesa y el 100% del aforo y hasta 500 personas -10 por mesa- en el exterior. Está permitido el consumo en la barra en el interior y exterior y el baile solo permitido en el exterior y con mascarilla.

En cuanto a la hostelería, el aforo aumenta hasta el 75% y ocho personas por mesa en el interior, el 100% del aforo en la terraza y hasta 10 personas por mesa y el consumo en barra permitido en el interior y exterior, aunque con una distancia de 1,5 metros.

El ocio nocturno, por su parte, alcanza un 75% del aforo permitido y ocho personas máximo por mesa en el interior, con registro de entrada. Se permite el 100% del aforo y diez personas máximo por mesa en el exterior y la barra está permitido en ambos casos. Puede haber baile solo en el exterior y con mascarilla y actuaciones musicales tanto dentro como fuera.

Las atracciones pueden alcanzar un aforo máximo del 75%, el mismo aforo permitido a los espectáculos taurinos en grupos de seis personas con una localidad de separación, mientras que las ceremonias y cultos alcanzan el 75% del aforo y una distancia de 1,5 metros.

En deportes, se permite el 75% del aforo hasta 20 personas en el interior y el 85% y 25 personas en el exterior, con distancia de 1,5 metros.

Los transportes públicos pueden ocupar el 100% de los asientos y el 75% de pie, el cine alcanzar el 85% con una localidad de separación y grupos de seis personas y se requiere de autorización sanitaria para espectáculos masivos.

Por último, el turismo puede alcanzar hasta el 100% del aforo en zonas comunes y el 75% en interiores. Grupos de 25 personas con guía turístico y 30 si es en actividades de naturaleza.

Granada, única provincia al completo en el nivel 1

La provincia de Granada es la única de Andalucía que al completo se sitúa en el nivel 1 de alerta sanitaria en sus cuatro distritos.

El resto de provincias tienen al menos una de sus zonas sanitarias en el nivel 2, como sucede por ejemplo con Jaén, que solo tiene el distrito Jaén Nordeste en este índice o con Málaga y su Costa del Sol, mientras el resto de la provincia goza del nivel 1; al igual que sucede en Cádiz con el Campo de Gibraltar Oeste o en Córdoba con el distrito Córdoba NORTE.

En Sevilla son hasta cuatro los distritos que están en el nivel 2 de alerta, como son Sevilla Norte, Aljarafe, Sevilla y Sevilla Sur, mientras que en Huelva están en el 2 Huelva-Costa y Condado-Campiña.

También tiene dos distritos en el nivel 2 la provincia almeriense, con Almería y Poniente afectados, siendo por tanto dos de tres los que están en el segundo nivel de restricciones.

Medidas comunes

Entre las medidas comunes que se aplican se encuentran:

-No hay toque de queda, salvo en municipios de más de 5.000 habitantes con una incidencia acumulada superior a 1.000 casos, propuestos por el comité de expertos y ratificados por la Justicia
-Termina el cierre perimetral de la comunidad autónoma, por lo que se puede entrar y salir de Andalucía
-No se limita el número máximo de personas que se reúnen en domicilios.
-Hostelería y restauración: servicio hasta las 01.00 horas y cierre a las 02.00 horas si la ordenanza municipal lo permite.
-Heladerías: cierre a las 02.00 horas sin servir alcohol desde las 01.00 horas
-Ocio nocturno y salones de celebraciones: servicio hasta las 03.00 horas y cierre a las 03.30 horas.
-Parques temáticos, acuáticos y atracciones de feria: los ayuntamientos podrán permitir su apertura hasta las 02.00 horas

Medidas nivel 1 de alerta sanitaria

-Celebraciones tras ceremonias religiosa o civil

Si se hace en establecimiento hostelero rigen aforos y medidas de hostelería y restauración para este nivel. Si se hace en salones celebraciones o lugar distinto incluso ámbito privado, aforo del 75% en interior con máximo de 250 personas. Mesas de hasta 8 pax. Aforo del 100% en exterior con máximo de 500 personas. Mesas de hasta 10 pax. Barra: Solo permitida en exterior y con consumo en la mesa. Música: permitida en interior y exterior. Permitido el baile en exterior y con mascarilla. Cierre a las 2.00 h.

-Ceremonias civiles

Aforo máximo del 75 %. Personas sentadas con distancia de 1,5 metros.

-Discotecas, locales de ocio nocturno

Los clientes deben permanecer sentados con una distancia entre grupos de 1,5 metros. El cierre es a las 2.00h. Se permite el 75% de aforo máximo en interior y 100% en terraza. 8 personas por mesa en el interior y 10 en el exterior. Barra: Solo en exterior y con consumo en mesa. Música: Permitida en el interior y el exterior. Baile: solo en exterior y con mascarilla.

-Establecimientos recreativos

En los locales recreativos infantiles se recomienda mantener las burbujas de convivencia escolar. Es necesaria la ventilación, desinfección de manos, y niños de más de 6 años llevarán mascarilla. Aforo máx. de 50% en interior y 60% en exterior. Grupos de hasta 20 niños. No están permitidos los areneros ni piscinas de espuma. Los centros de ocio y diversión, parques de atracciones y temáticos, y parques acuáticos con aforo máximo del 75% lugares abiertos y 50% de aforo para lugares cerrados. Las atracciones de feria con filas de asiento tendrán un aforo máximo del 75 % en cada fila. Las atracciones de feria sin asientos con un aforo máximo de 2/3 si se puede garantizar distancia de seguridad. 1/3 si no se puede mantener. Cierre de las atracciones a las 24h.

-Fiestas, verbenas, romerías y otras actividades festivas

Se recomienda que no se celebren fiestas, verbenas, romería y otras actividades festivas populares o tradicionales

-Hostelería y restauración

Clientes sentados con 1,5 m. de distancia entre personas. Abiertos al público hasta las 02:00 horas en el interior si la ordenanza municipal lo permite, sin admisión de nuevos clientes ni servicio desde las 01:00 horas, excepto las heladerías y chocolaterías, que podrán admitir nuevos clientes pero desde las 01:00 horas no podrán servir o vender bebidas alcohólicas. 75% de aforo en interior. 100% en terraza. Máxima ocupación de mesas: 8 en interior y 10 en exterior. Permitido el consumo en barra solo en exterior. En hoteles; 100% de aforo en zonas comunes exteriores y 75% en zonas comunes interiores. Actividades de animación con un máximo de 25 personas.

-Instalaciones deportivas (incluye gimnasios)

Deportes federados: según el protocolo de las federaciones Permitida la actividad física individual al aire libre. 75% de aforo máximo en interior y 85% en exterior. Actividades grupales: 20 personas máximo en interior y 25 en exterior, guardando la distancia de 1,5 m. y con mascarilla. Competiciones con espectadores: 50% de aforo y con mascarilla. 75% de aforo y 1.500 personas máximo en interior. 85% de aforo y 2.500 personas como máximo en exterior.

-Casas de apuestas

Aforos del 75 % en el local. Restauración según normas de hostelería y restauración. No más de 6 personas en mesas de juego. el horario de cierre será como máximo a las 02:00 horas, a excepción de los servicios de restauración que deberán cerrar a las 24:00 horas.

-Peñas, asociaciones gastronómicas, recreativas y similares

Aforo máximo del 75 % y distanciamiento interpersonal de 1,5 metros. Actividad de restauración deben cumplir normas de hostelería y restauración. Cierre a las 21:30h.

-Piscinas de uso colectivo

Aforo 75% del permitido.

-Residencias de estudiantes

Aperturas de zonas comunes al 75 % (bibliotecas, salas juego, televisión, etc.) Comedores al 75 % con máximo de 100 personas interior y 150 en exterior. Actividad de restauración deben cumplir normas de hostelería y restauración.

-Velatorios, entierros y ceremonias fúnebres

Máximo de 40 personas en espacios aire libre o 30 personas en espacios cerrados sean o no convivientes. 70 personas en funeral o comitiva.

-Acampadas y campamentos juveniles

Pernoctación: 150 participantes en espacios abiertos; 50% del aforo con 100 personas máximo en espacios cerrados. Turnos para el caso de que el número de participantes lo hagan necesario. Actividades sin pernoctación: 12 h como máximo de duración. Actividades: en subgrupos de 1 monitor por cada 10 participantes. Los comedores que sean cerrados de las actividades con o sin pernocta no podrán superar el 50% del aforo, con un máximo de 6 personas por mesa y manteniendo las distancias establecidas entre clientes para hostelería y restauración.

-Acontecimientos multitudinarios

Acceso previa acreditación de certificado de vacunación o recuperación, o de prueba negativa

-Actividad cinegética

Permitida, con distancia de seguridad y mascarillas. Deberá contarse con un plan de actuación por parte del organizador cuando participen varias personas. No se comparten utensilios, bártulos o comida. Cuando dentro de la actividad cinegética se desarrolle algún tipo de servicio de hostelería y restauración, aforo del 75 % con máximo de 100 personas interior y 150 exterior. Servicio en mesas de máximo 6 personas. Si en establecimiento hostelero rigen aforos y medidas de hostelería y restauración para este nivel.

-Actividad docente

Actividad presencial en la Universidad, colegios e institutos. Medidas de flexibilización en FP y Educación Especial. Pruebas de acceso presenciales.

-Archivos, bibliotecas y centros de documentación

Aforo máximo del 80%

-Congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias

85% de aforo máximo. Máximo de 1.000 personas en interior y 1.500 en exterior. Una localidad de distancia en todas las direcciones.

-Cines, teatros, auditorios o establecimientos especiales para festivales

Espectadores sentados. Agrupación máxima de 6 personas. 85% de aforo. Una localidad de separación en todas las direcciones. Para espectáculos de más de 400 espectadores en el interior y más de 800 en el exterior se precisará autorización sanitaria específica.

-Espectáculos y festejos taurinos

Localidades numeradas. Espectadores sentados y con mascarilla. No está permitida la venta itinerante. Consumo de alimentos en las zonas indicadas. 75% de aforo máximo. Agrupaciones de hasta 6 personas. Un asiento de separación con otros grupos en todas las direcciones.

-Establecimientos comerciales

Gel hidroalcohólico a disposición de los clientes. Limpieza al menos 2 veces al día. Pago con tarjeta. 100% de aforo, siempre que se guarde la distancia de 1,5 m.

-Zoológicos y establecimientos de actividades geológicas

Aforo de 2/3 en establecimientos. Aforo del 50% en las atracciones. Visitas: grupos de hasta 25 personas.

-Mercadillos al aire libre

100% del aforo

-Monumentos, conjuntos culturales y enclaves

Aforo máximo 80% Grupos máximos de 25 personas.

-Museos

Sin superar el límite del 75% del aforo permitido para cada una de sus salas y espacios públicos. Las visitas de grupos serán de un máximo de hasta 25 personas, incluido el monitor o guía.

-Navegación de recreo

Máximo de personas autorizadas en los certificados de navegabilidad. Motos náuticas, no se puede superar el número de plazas autorizadas por el fabricante. Prácticas de navegación para la obtención de títulos de recreo con máximo de alumnos a bordo establecido en Real Decreto 875/2014.

-Pesca

Permitidas la pesca marítima, fluvial, deportiva y recreativa en todas sus modalidades, con mascarilla y distancia de seguridad, salvo que por la naturaleza de la actividad sea incompatible. En caso de pesca deportiva desde embarcación estando permitido como máximo el número de personas autorizadas en los certificados de navegabilidad de la embarcación. No se comparten utensilios, bártulos o comida.

-Residencias de tiempo libre e inturjoven

Según establecido para establecimientos hoteleros.

-Transporte público parques metropolitanos

Hasta el 100% de los asientos ocupados. 75% de las plazas de pie.

-Resto de transporte

En las motocicletas, ciclomotores y vehículos categoría L en general, que estén provistos con dos plazas homologadas conductor y pasajero, podrán viajar dos personas. En los transportes privados complementarios de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán viajar tantas personas como plazas tenga el vehículo. En los transportes públicos de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, se permite ocupar la totalidad de las plazas traseras del vehículo, así como las ofertadas en la fila de asientos del conductor, cuando se hayan agotado, previamente, las traseras. En el transporte público discrecional y privado complementario de viajeros en autobús en los que todos los ocupantes deban ir sentados, se podrán usar la totalidad de los asientos. Cuando el nivel de ocupación lo permita, se procurará la máxima separación entre los usuarios.

-Zonas comunes de hoteles y alojamiento turísticos

La ocupación de las zonas comunes de los hoteles y alojamientos turísticos no podrá superar el 50 % de su aforo. Restauración conforme a normas de hostelería o salones de celebraciones según el caso. Las actividades de animación o clases grupales deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de 15 personas.

-Guía turístico

Grupos de máximo 25 personas. Sin reparto de folletos o análogos.

-Turismo y naturaleza

En grupos de hasta 30 personas.

-Actividades educativas ambientales o visitas guiadas a zonas naturales

Las actividades de educación ambiental en aulas de naturaleza, visitas y actividades deberán realizarse en grupos de hasta 10 personas participantes cuando se realicen en espacios cerrados. En caso de que estas actividades se lleven a cabo al aire libre, deberán contar con un máximo de 30 participantes.

-Academias, autoescuelas y centros privados

Aforo del 85 % respecto del máximo permitido y con un máximo de hasta 25 personas por aula.

-Parques, jardines y parques infantiles

Una persona por cada cuatro metros cuadrados de espacio computable de superficie del recinto. Actividades grupales con máximo de 25 personas. Cierre a las 24h.

-Parques temáticos acuáticos

Cierre a las 24.00 horas Aforo máximo del 75% para lugares abiertos y del 50% para lugares cerrados. Las atracciones se regirán por lo dispuesto para las atracciones de feria.

-Playas

Cierre de 21.30h a 07.00h por los ayuntamientos para ocio y esparcimiento.

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