sábado 27 abril
TRIBUNALES  |   | E.P.

El TSJA ratifica la condena de tres años para el conductor ebrio que mató a dos jóvenes en la A92N

El recurso presentado por la defensa del procesado alegaba "infracción de ley" en relación con la "inaplicación" de atenuantes de embriaguez, confesión y dilaciones indebidas

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado íntegramente el recurso planteado por el hombre condenado por la Audiencia Provincial de Granada a tres años y tres meses de prisión después de que un jurado popular lo declarara culpable en noviembre de 2022 de conducir bajo los efectos del alcohol y colisionar contra otro vehículo provocando la muerte de dos jóvenes con 20 y 22 años, y dejando herida grave a una tercera persona.

Contra la sentencia del TSJA cabe recurso de casación ante el Supremo. El tribunal desgrana los motivos por los que rechaza los argumentos del recurso presentado por la defensa del procesado, que alegaba "infracción de ley" en relación con la "inaplicación" de atenuantes de embriaguez, confesión y dilaciones indebidas.

"El solo examen de las fechas indicadas en el recurso y las diligencias con ellas relacionadas, durante la instrucción de la causa no permiten afirmar de forma categórica que se ha producido inactividad procesal o una dilación extraordinaria e injustificada", señalan a este último respecto la sentencia, de fecha 8 de febrero de 2024, de los magistrados de la Sala de lo Civil y Penal del TSJA.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial condenaba al acusado, de unos 45 años, como autor de un delito contra la seguridad vial por conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, en concurso con dos delitos de homicidio imprudente -por la muerte de los dos jóvenes- y con otro delito de lesiones imprudentes.

El fallo también le condenaba a la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un periodo de cuatro años y nueve meses, lo que conllevaba la pérdida definitiva del permiso de conducir.

El accidente se produjo el 11 de septiembre de 2017 cuando el acusado conducía con una tasa de alcohol superior a 1,2 gramos por litro de sangre. Tal y como reconoció en el juicio, había estado bebiendo alcohol junto a su tío en la feria de Baza desde el mediodía hasta las 18,30 horas; posteriormente cogieron el coche y pararon en una estación de servicio de la A92 y siguió bebiendo durante algo más de una hora.

Sobre las 20,.30 horas, volvió a montarse de nuevo en el coche y conduciendo ya por la A92 a unos 160 kilómetros por hora colisionó por alcance contra el vehículo en el que viajaban los tres jóvenes, que se salió de la calzada, chocó contra la cuneta y volcó. El conductor, de 22 años, y una joven de 20 que ocupaba el asiento trasero murieron en el acto, mientras que otra chica que les acompañaba resultó herida, según considera probado la sentencia.

Tras el accidente "no se acercó a auxiliar" a las víctimas, algo que reconoció durante el juicio, y abandonó el lugar antes de que cualquier otra persona pudiera hacerlo. Al día siguiente se personó en el Cuartel de la Guardia Civil reconociendo lo que había ocurrido, motivo por el que se le ha aplicado la atenuante de confesión.

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