miércoles 8 mayo
Granada CF  |   |

El Granada CF, eliminado de la Copa del Rey por alineación indebida

El Juez Único de Competiciones No Profesionales ha estimado la denuncia formulada por el Arosa

El Juez Único de Competiciones No Profesionales ha estimado la denuncia formulada por el Arosa y ha resuelto eliminar al Granada CF de la Copa del Rey 23/24 por alineación indebida.

En la resolución, publicada este martes, se declara al equipo gallego como vencedor de la eliminatoria y se ha impuesto una multa de 6.001 euros al Granada CF en aplicación del Código Disciplinario de la RFEF.

En los fundamentos jurídicos, el Arosa refleja que Adrián López no debió jugar el encuentro basándose en el reglamento de la RFEF que establece las competiciones profesionales y no profesionales, catalogación que tendría la Copa del Rey.

Además, refleja que el articulado federativo permitiría que un portero pudiera jugar siendo meta del filial si tuviera menos de 25 años en el primer equipo, pero en una competición profesional, algo que no sucede en el torneo copero.

El Granada CF se basó en su alegación en la nueva ley del deporte y pone "especial importancia" en el hecho de que la Liga colabore con la RFEF en el desarrollo de las competiciones, entre ellas la Copa del Rey.

"Nos veríamos en la tesitura de incurrir en una grave situación de indefinición y desamparo provocada por la imprecisa redacción del nuevo marco jurídico de la nueva Ley del Deporte", expone el Granada CF en sus alegaciones en caso de que la resolución les fuera desfavorable.

Además, el Granada CF ha aludido a las demás normas legales que considera de aplicación y a sentencias que igualmente considera que apoyan las tesis que sustenta, concluyendo con su afirmación definitiva de que la competición de la Copa del Rey "debe considerarse como competición profesional, afirmando por tanto el pleno cumplimento de la normativa".

Argumentos del juez disciplinario único

El juez disciplinario único recalca que la vigente normativa de la ley del deporte refleja que para ser considerada como profesional una competición "debe tener informe no vinculante de la federación deportiva correspondiente".

La disyuntiva, añade, carece de dificultad interpretativa ya que el vigente reglamento de la Federación ya califica como no profesional la Copa del Rey a través de su artículo 209 en el apartado 2, donde se especifica cláramente este precepto.

"La participación de jugadores profesionales en este Campeonato, no le otorga a la competición la consideración de profesional, pues insistimos, tal consideración le corresponde a las Instituciones anteriormente indicadas", afirma el juez.

De este modo, la nroma impide alinear a jugadores mayores de 23 años en la Copa del Rey, por lo que el equipo rojiblanco ha incurrido en alineación indebida.

El Granada CF dispone de diez días para presentar recurso ante el Comité de Apelación, si bien el próximo miércoles 15 de noviembre está fijado el sorteo de la siguiente ronda, que se debe celebrar el próximo 6 de diciembre.

Publicidad

Comentarios

©Queda totalmente prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta noticia sin autorización expresa de la dirección de ahoraGranada
Publicidad
DÍA A DÍA
Desarrollado por Neobrand
https://ahgr.es/?p=241021