viernes 26 abril
La Capital  |   | E.P.

Granada contará con un servicio de mediación penal para la solución previa de conflictos judiciales

La iniciativa, implantada en otras provincias de forma pionera, ha logrado la resolución de un tercio de los expedientes susceptibles de acuerdo

Granada contará en las próximas semanas, en algunos juzgados de Instrucción y de lo Penal, con un servicio de mediación para la solución de conflictos judiciales previa a la celebración de un juzgado, una iniciativa que ya se ha implantado en otras provincias de forma pionera, como Jaén, Cádiz o Sevilla y que ha logrado la resolución de un tercio de los expedientes susceptibles de acuerdo.

Con el objetivo de impulsar la propuesta, que se prevé extender en un futuro a todos los órganos judiciales del ámbito de lo Penal en la provincia, el presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJA), Lorenzo del Río, y el juez decano de Granada, Jesús Rodríguez Alcázar, se han reunido este viernes con jueces, secretarios, fiscales y entidades mediadoras.

Esta iniciativa ya comenzó en Jaén en el año 2007, y le siguieron las provincias de Cádiz o Sevilla, con lo que ahora el turno sería el de Granada, que "se había quedado fuera de esa inercia", según ha señalado, antes de la reunión, el presidente del TSJA, que ha apostado por extender esa "cultura" de la mediación, ya que, actualmente, ésta "no existe" apenas.

Según ha incidido, la mediación no se debe limitar sólo al ámbito de lo civil o mercantil, sino que también se puede hacer extensivo a lo penal. Se trata de una "solución de conflictos de una forma distinta", en la que "interviene mucho la víctima y el propio sujeto" denunciado, que se enmarcaría en lo que se denomina la "justicia restaurativa" o "tercera vía".

Del Río ha recordado sin embargo que no existe regulación: "Cuesta mucho trabajo --la mediación--, también porque esto no está regulado absolutamente nada, estamos pendientes de esas reformas que siempre se anuncian pero que no llegan, y ante la situación de parálisis de reformas que observamos en el proceso penal, los jueces tenemos que anticiparnos".

La mediación, según ha recordado, se caracteriza, por un lado, en su "voluntariedad", y una agilización de los procesos en cuanto a tiempo se refiere, y supone además un acuerdo de "reparación" para la víctima, que se ve así "satisfecha" en sus pretensiones. El papel del juez se limitará en este caso a dictar sentencia una vez que exista el acuerdo preceptivo, que se hará en el marco de los Juzgados de Instrucción --para faltas-- o en los Penales, aunque quedan excluidos de estos casos los de Violencia sobre la Mujer.

Hasta ahora este sistema no está muy extendido ya que, de aproximadamente los 1.400.000 asuntos que se ingresan en Andalucía, el pasado año sólo fueron susceptibles de mediación 300, de los que un tercio llegaron a acuerdo.

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