viernes 26 abril
SUCESOS  |   | Redacción aG

Investigado un hombre de 72 años por un incendio en Fuente Vaqueros

Como consecuencia del fuego 75 chopos, valorados en 9.000 euros, sufrieron daños

La Guardia Civil ha investigado a un varón de 72 años, sin antecedentes policiales, como presunto autor de un delito de daños ocasionados por un incendio, ocurrido el pasado 19 de junio en el paraje La Fresneda, de Fuente Vaqueros.

El incendio se originó sobre las 16.45 horas en el margen derecho del río Genil, y afectó a una finca plantada de chopos, así como a hierba seca, matorrales y cañizo existentes en la ribera del río. Un total de 75 chopos, valorados en 9.000 euros, sufrieron daños como consecuencia de este incendio, según ha informado el Instituto Armado en una nota de prensa.

La Guardia Civil, al tener conocimiento de estos hechos comenzó una investigación para determinar el origen del incendio y si el mismo había sido fortuito o provocado.

Las pesquisas llevadas a cabo por los agentes del Equipo Roca de la Compañía de la Guardia Civil de Armilla y la información facilitada por un testigo, que se encontraba próximo al lugar de los hechos cuando se inició el fuego, dieron como resultado la investigación de esta persona como presunto autor de un delito de daños.

Prohibición total de uso del fuego

La Guardia Civil recuerda que desde el 1 de junio y hasta el 15 de octubre se prohíbe totalmente el uso del fuego -hogueras, barbacoas, quemas agrícolas y forestales- en toda Andalucía; así como la circulación de vehículos a motor en las zonas forestales de la Comunidad Autónoma por el alto riesgo de incendio.

La finalidad de esta prohibición es evitar que cualquier negligencia pueda provocar un incendio forestal durante estos meses en los que, por sus características meteorológicas, el peligro y propagación de los incendios aumentan considerablemente.

La prohibición afecta a la quema de vegetación natural y residuos agrícolas y forestales; así como al uso del fuego para la preparación de comida, que tampoco podrá realizarse en zonas de acampada o zonas recreativas aunque estén acondicionadas para ello.

Igualmente, también queda prohibida la circulación de vehículos a motor en todos los terrenos forestales y zonas de influencia forestal, que son los terrenos no forestales (agrícolas y urbanos) situados a menos de 400 metros de los forestales.

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