viernes 26 abril
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Tramitadas en Granada más de 7.000 prestaciones por nacimiento y cuidado de menor desde abril de 2019

El gasto en estas ayudas ascendió a 27,4 millones de euros en los nueve meses

Los permisos de paternidad cambiarán en el próximo 2012. Foto: Andreas Wohlfahrt.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha gestionado 7.773 prestaciones económicas de nacimiento y cuidado de menor entre abril y diciembre de 2019 en la provincia de Granada.

Estas prestaciones de la Seguridad Social sustituyeron a las de maternidad y paternidad a partir de la aprobación del Real Decreto-ley 6/2019 de 1 de marzo de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.

Este mismo Real Decreto estableció un periodo transitorio para la total equiparación de ambos permisos que culmina en 2021. Entre abril y diciembre del año pasado, 3.665 prestaciones por nacimiento y cuidado de menor han sido disfrutadas por el primer progenitor, habitualmente la madre, y 4.108 por el segundo (en la mayoría de los casos, el padre).

De las 3.665 prestaciones disfrutadas por el primer progenitor, 26 han sido compartidas con el segundo. La Seguridad Social ha dedicado 27,4 millones de euros al pago de estas prestaciones contributivas en esos tres trimestres.

En ese periodo, el permiso que correspondía al de paternidad se amplió a 8 semanas. Desde el 1 de enero de 2020, el permiso del segundo progenitor en caso de parto biológico asciende a 12 semanas, con cuatro obligatorias tras el parto en caso de nacimiento y el resto voluntarias.

La madre, que tiene 16 semanas de baja, puede ceder de su permiso dos semanas al padre. En caso de adopción, guarda o acogimiento, cada progenitor dispondrá de seis semanas obligatorias a partir de la resolución judicial o decisión administrativa y 16 semanas voluntarias a distribuir entre los dos, con un máximo de diez semanas para uno de ellos.

Está previsto que en 2021 esta prestación, igual para ambos progenitores, se reconozca como un derecho individual y no transferible. Será de 16 semanas y seis de ellas deberán disfrutarse después del parto o resolución judicial o administrativa en caso de adopción, guarda o acogimiento.

La cuantía de estas prestaciones es equivalente al cien por cien del salario y se abona directamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) durante las semanas que dura el permiso.

Excedencia por cuidado de hijo o acogido

Los trabajadores pueden solicitar excedencia para atender al cuidado de hijo o menor acogido o de otros familiares. En este caso, la duración del periodo considerado de cotización efectiva dependerá de los supuestos contemplados en la Ley General de la Seguridad Social, modificada con la entrada en vigor de la Ley de Igualdad que amplió el alcance y duración de esta prestación.

A lo largo de 2019, se han registrado 608 excedencias por cuidado familiar, de las cuales 537 corresponden a mujeres, el 88,3%, y 71, a hombres. La variación interanual ha sido de -1,3% con respecto a 2018.

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