martes 19 marzo
SOCIEDAD  |   | Redacción aG

Comparar ofertas y mirar más allá del precio, los consejos de Consumo antes de contratar internet

El fin de las vacaciones y el regreso a las aulas traen consigo un aumento de las ofertas

En pleno septiembre, cuando el alumnado regresa a las aulas y se produce un aumento de la movilidad geográfica en el colectivo que cursa estudios superiores y universitarios, se registra tradicionalmente un aumento pronunciado de ofertas, muchas de ellas ‘low cost’, y de contrataciones en el sector de las telecomunicaciones e internet.

Es por ello que desde la Dirección General de Consumo de la Consejería de Salud y Familias se ha querido incidir en las recomendaciones esenciales antes de formalizar un contrato para el servicio de internet. Además, han recordado que este sector ocupa año tras año el grueso de las reclamaciones y denuncias de las personas consumidoras y usuarias. Por esta razón, cabe indicar una serie de consejos antes de lanzarse a contratar cualquier servicio de este tipo. A la hora de escoger, el precio no debe convertirse en el único factor a tener en cuenta, por muy atractivo que nos parezca.

Ante el aluvión de publicidad ‘agresiva’ y promociones para la clientela ya existente o para la nueva clientela, la Dirección General de Consumo ha recalcado que, previa a cualquier contratación, la principal recomendación pasa por informarse de las condiciones ofrecidas por la operadora en relación a tarifas, contratación de servicios adicionales, permanencia y otras condiciones de contratación, indemnizaciones en caso de interrupción de suministro o penalizaciones aplicables.

Otro consejo esencial para toda persona consumidora y usuaria es el de comparar previamente las distintas ofertas del mercado, y a la hora de decantarse deberán valorarse, además del precio de cada oferta, aspectos como el servicio de mantenimiento, la calidad ofrecida y velocidad, los períodos mínimos de contratación, o el procedimiento para darse de baja.

Resultará muy recomendable guardar toda la documentación y justificante de las operaciones, incluido por supuesto el contrato oportuno, que serán esenciales en caso de reclamación, así como conservar las facturas en aras de verificar que son correctas en función de lo contratado.

El contrato, obligatorio

No hay que olvidar que las compañías operadoras están obligadas a facilitar a las personas consumidoras un documento contractual o contrato comprensivo de la operación de alta realizada con aquellas. Si no lo facilitaran, habrá que exigirlo, ya que es un derecho básico de las personas consumidoras.

Por ejemplo, si se va a solicitar la baja de internet en la residencia de verano, se debe pedir que faciliten el número de referencia de la solicitud y un documento donde quede acreditado que se ha hecho la petición, ya que es el medio de prueba de que se ha solicitado la baja y la forma para que la compañía operadora no pueda facturar con posterioridad al plazo de dos días de la fecha de solicitud.

La Dirección General de Consumo ha insistido en que, siempre que sea posible, las personas consumidoras y usuarias valoren la adhesión de la operadora de telecomunicaciones al Sistema Arbitral de Consumo, sello que supone una marca de calidad, garantía y un valor añadido de cara a la resolución rápida y gratuita de un conflicto o discrepancia.

Según la última Memoria de la Junta Arbitral de Consumo, precisamente la mayor parte de las solicitudes de personas usuarias se refirió a conflictos en el sector de las telecomunicaciones, relacionados mayoritariamente con el incumplimiento de condiciones ofertadas, facturación indebida, portabilidades incumplidas y penalizaciones por no permanencia.

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