sábado 27 abril
CORONAVIRUS  |   | Luis F. Ruiz - Noelia S. Lorca

La 'nueva' normalidad llega a Granada tras 98 días de espera

La distancia mínima de metro y medio, aforos generalizados por encima del 60% o fomento de pagos que no sean en efectivo forman parte de la vida que tocará afrontar de ahora en adelante por tiempo indefinido

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Desde este 21 de junio, Granada, al igual que el resto del país, entra en la 'nueva' normalidad después de 98 días de espera desde que se decretara el estado de alarma por la crisis sanitaria del coronavirus. Estas son las medidas principales que se aplican de ahora en adelante en Andalucía.

Hostelería y restauración

Deben disponerse de procedimientos de control y recuento. El aforo será del 75% en barra o agrupaciones de mesa con 1,5 metros de distancia. Máximo 25 personas en grupos. Las mesas podrán instalarse el 100% en terrazas. En el caso de salones de juego y apuestas deben adaptarse estas medidas.

Bodas y celebraciones

Máximo el 75% del aforo permitido o bien alcanzar 250 personas en el interior y hasta 300 al aire libre.

Discotecas

De momento el interior del aforo solo se permite el 40% en mesas, con 25 personas como máximo por grupo. Las terrazas, al 75% en mesas o agrupaciones de personas.

Parques acuáticos y de atracciones

Se permite el aforo máximo del 60%. Las atracciones se regulan como las de feria. El aforo en espacios cerrados debe ser de un tercio.

Atracciones de feria

Para las autorizadas por los ayuntamientos, al 50% de la fila de asientos y al menos 1,5 metros de distancia entre asientos. El 50% de aforo en atracciones sin asientos con distancia de seguridad y el 30% de aforo en atracciones sin asientos sin garantizar la distancia de seguridad.

Fiestas, verbenas, romerías y otras

No se recomienda la celebración por parte de la Junta de Andalucía

Hoteles y alojamientos turísticos

El aforo debe ser del 50% en zonas comunes en cada espacio. Las actividades no pueden superar las 20 personas con protección y mascarilla, la preferencia debe ser al aire libre y procurar que no haya intercambio de material. Las actividades en piscinas y spas el aforo no debe superar el 50%.

Centros comerciales

Debe señalarse el aforo efectivo por parte del establecimiento y mantener la distancia de seguridad a 1,5 metros. También en los ascensores y escaleras y marcar entrada y salida de forma diferenciada. Las instalaciones deben limpiarse dos veces al día.

Comercios

La distancia se reduce de 2 a 1,5 metros, indicándose el aforo efectivo. Debe haber marcas en el suelo y uso de balizas para señalizar la distancia y el dispensador de gel es obligatorio en la entrada.

Guías turísticos

Se deben realizar con cita previa y grupos de máximo 20 personas, evitar el tránsito por zonas y lugares que generen aglomeraciones y con distancia de seguridad o mascarilla.

Mercadillos

Se pueden celebrar siempre y cuando se permita la distancia mínima de 1,5 metros. Se han de señalar marcas en el suelo y a los puestos se les aplica la normativa de establecimientos comerciales. Debe haber entrada y salida diferenciada.

Parques infantiles

Pueden usarse con una persona por cada cuatro metros cuadrados. La limpieza del mobiliario ha de ser diaria en áreas de contacto.

Práctica deportiva al aire libre

Tanto si el aforo es individual o grupal en cualquier caso debe mantenerse la distancia de seguridad o en su defecto medidas de protección e higiene de manos. En cuanto a eventos de ocio y competición, el máximo permitido es de 500 participantes si se garantizan las condiciones. Los campus y escuelas deportivas de verano el máximo es 25 personas con un monitor como mínimo.

Instalaciones deportivas y piscinas

Aforo de hasta el 65% en espacios cerrados o al aire libre, distancia de seguridad y prohibido compartir alimentos y material.

Piscinas colectivas

Aforo del 75% con distancia interpersonal de 1,5 metros. Señales en el suelo y marcas similares que distribuyan de forma especial.

Velatorios y entierros

60 personas al aire libre y 30 en espacios cerrados. Comitiva maxima de 75 familiares, con distancia interpersonal o, en su caso, mascarilla.

Lugares de culto

Aquel aforo que permita distancia mínima interpersonal, que deberá estar expuesto al público. Deberá mantenerse la distancia interpersonal o, en su caso, uso de mascarilla. Para uso del exterior de los edificios deberá autorizar el Ayuntamiento.

Espectáculos taurinos

Aforo del 50% con distancia mínima de seguridad o en su caso mascarilla. Deberá haber butacas preasignadas y numeradas. Recomendación de venta online. No se entregarán revistas ni programas. Se recomienda eliminar pausas intermedias. Entre profesionales, distancia interpersonal y mascarillas.

Cines, circos, teatros y auditorios

Aforo de hasta el 65% con butacas preasignadas. Podrán proponerse otras alternativas que respetarán el límite de aforo. El límite de espacio interior es de 800 personas y 1.500 en el exterior.

Monumentos y conjuntos culturales

Aforo de hasta el 65%. Visitas de grupos de máximo 20 personas, incluido el monitor o guía. Distancia mínima y mascarilla.

Bibliotecas

Aforo de hasta el 65%. Se guarda la distancia y se debe proceder con recuentos y control.

Residencias de tiempo libre

Reapertura con un máximo del 75% del aforo toral

Academias y autoescuelas

Aforo máximo de hasta el 75% y máximo 25 personas, con distancia mínima de seguridad. Si hay vehículos mascarillas en el docente y resto de ocupantes.

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