sábado 27 abril
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Uso obligado de la mascarilla: cuándo, dónde y quién debe llevarla

La Policía informará de la obligatoriedad de tener que utilizarla y multará si no se atiende a su requerimiento

Antes de que sea obligatorio numerosos ciudadanos ya usan la mascarilla. Foto: Álex Cámara

Además del lavado de manos con agua y jabón de forma frecuente o el uso de gel hidroalcohólico para asegurar la desinfección, el uso de mascarillas higiénicas también ayuda a prevenir el contagio del nuevo coronavirus.

Hasta ahora, el uso de mascarillas en España era obligatorio para viajar en transporte público y colectivo, tanto terrestre como autobús, taxi, VTC y ferrocarril, así como transporte aéreo y marítimo.

Según la orden publicada por el Boletín Oficial del Estado (BOE), a partir de este jueves el uso de estas mascarillas también será obligatorio en "vía pública, espacios al aire libre y en espacios cerrados de uso público o que se encuentre abierto al público", siempre y cuando no se pueda mantener una distancia de al menos dos metros.

En cuanto a las personas a las que afecta esta nueva normativa, deberán utilizar la mascarilla en los supuestos anteriormente nombrados todas las personas mayores de seis años, mientras que para la población de entre tres y cinco años, su uso será recomendable.

Aquellos ciudadanos que cuenten con algún tipo de dificultad respiratoria que pueda agravarse por el uso de la mascarilla o las personas que no puedan utilizarlas por motivos de salud o discapacidad, quedan exentas de esta obligación.

Además, el uso de mascarillas no será obligatorio cuando se lleven a cabo actividades que resulten incompatibles, como comer o beber o en "circunstancias en las que exista una causa de fuerza mayor o situación de necesidad".

En este sentido, la orden señala que es obligatorio el uso de cualquier tipo de mascarilla que cubra la nariz y la boca, aunque es preferible el uso de mascarillas higiénicas y quirúrgicas.

Informar antes que sancionar

El Ministerio del Interior ha dado instrucciones a los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para que informen a los ciudadanos de la obligatoriedad de cumplir con la Orden de Sanidad que regula el uso de la mascarilla para prevenir el coronavirus, pudiendo multar a aquellos que no atiendan al requerimiento de los agentes.

Según informan fuentes de Interior, las indicaciones del departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska se llevan a cabo en aplicación de la Orden SND/422/2020, de 19 de mayo, por la que se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla en espacios cerrados y en público, siempre que no se pueda mantener la distancia social mínima de dos metros.

Durante los primeros días, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad potenciarán la función pedagógica. De este modo, cuando los agentes tengan conocimiento de supuestos de incumplimiento de la Orden del Ministerio de Sanidad, requerirán a la persona que cometa ese incumplimiento que proceda a ponerse la mascarilla o que se retire a una zona en la que sea posible mantener la distancia de seguridad interpersonal.

Las citadas fuentes subrayan que si el incumplimiento se produce en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, se requerirá a la persona que abandone dicho espacio. Si la persona no atienden al requerimiento, se podrá proceder a realizar una propuesta de sanción por la vía del artículo 36.6 de la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana, la conocida como 'ley mordaza'.

Este pasado lunes, tras 65 días de estado de alarma, el conjunto de cuerpos policiales superaron el millón de propuestas de sanción por incumplimiento de las restricciones y órdenes reguladas por el Gobierno para prevenir el contagio de coronavirus. El número de detenidos y propuestas de sanción, no obstante, se han reducido diariamente conforme se ha ido aliviando el confinamiento y tras iniciarse el plan de desescalada.

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