viernes 26 abril
La Capital  |   | Redacción aG

El Supremo anula la sentencia del TSJA sobre permisos por baja maternal de una empresa de telemarketing

El alto tribunal nacional considera que se ha ejercido "una discriminación directa" sobre las empleadas que, por causa de embarazo, "han visto suspendida su actividad laboral"

El sindicato Comisiones Obreras se ha congratulado de que el Tribunal Supremo haya anulado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) sobre la empresa de telemarketing Catsa considerando que ha ejercido "una discriminación directa sobre las empleadas que, por causa de embarazo, han visto suspendida su actividad laboral".

Según ha informado CCOO en una nota de prensa, el pronunciamiento del Supremo añade que las trabajadores en "el primer mes de reincorporación a su puesto de trabajo no perciben cantidad alguna de incentivos y sólo comienzan a percibir cantidad por incentivos al mes siguiente a su reincorporación" por lo que considera que se trata de "una situación de discriminación, al entender que las bajas por parto y riesgo de embarazo afectan de modo exclusivo a las mujeres por razón de sexo".

Como ha destacado la responsable de Servicios de CCOO Granada, Maribel Díaz, "se les computa este tiempo como absentismo", lo que supone, según la sentencia, "una discriminación directa y contraria al derecho de mantenimiento y preservación de sus condiciones de trabajo, y penaliza el ejercicio de derecho a la protección por maternidad".

Así, Maribel Díaz ha calificado esta sentencia como "totalmente positiva" no sólo para el sector del telemarketing, sino para todas las mujeres empleadas "sea cual sea su ámbito laboral".

Aunque el Supremo reconoce que "se trata de un permiso cuyo uso sigue siendo mayoritario por parte de las mujeres", Díaz ha subrayado que esta sentencia afecta también a los trabajadores que se encuentren en situación de baja paternal.

Por último, la sentencia del Tribunal Supremo concluye que "para evitar la discriminación y garantizar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, las trabajadoras que se hayan acogido a un permiso parental no pueden estar en una posición de desventaja con respecto a los trabajadores que no se hayan acogido a tal permiso".

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